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FULOI DI U IIJ ...

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 26 ID: fallos_26_120

Keywords / Subjects

COMPETENCIA

Ruling Text

tU ~ FULOI DI U IIJ ... ~ CO&ft ~ ; Conti~rtd4 de competencia entre ~~ Jru: dt Primera lmtaracút de Corrienlel y el de Primera ln1tancüa de la Capital de la ffacion, en la cauu de la Tntamentaría de D. Robwtümo l.agraff41 contra la Tntamentaria de f). Manu~l l. Lagra1ia. Sumario.-t 0 Suscitada contienda oon un Jutoz Nacional, y remitidos los autos por ambos jueces para que l:a Corte la dirima, sin hacer coestion sobre la jnl'isdiccion de la miOJma para dirimirla, la Corte debe proceder á resolver. t-- El Juez de la. Testawtontarit' demandada, es el que debe co.aocer de la accion personal tlt>ducida contra ella por la Tes- tamentaria demandante. Ca.o.-Lo es plica la siguiente VISTA DIL ldOR PBOCtJI\ADOl GINII\At Snprtma Corte : Buenos Aíres, .lulio 26 do 1881. En Febrero de t881, doña .Flora Lagraña de Labongle y su hijo el Dr. Labougle, se presentaron ante el Juez Civil de la