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ada, á fin de que e ta Corte dt'clare la iusu bsist{'ncia de la ley misma en virtud de la cual se rea- liza la <'l propiaciou. La n:&luraleza 6 tlistinta \

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 26 ID: fallos_26_133

Voces / Materias

PROPIEDAD INCONSTITUCIONALIDAD

Texto del Fallo

D& ltJiftCIA liiACIOlUL 137 dicciou de la Naeion p.ara que resueln acerca de la legitimidad del a<'to mismo con r11lacion á las preseripáones constitucio- nales que lo rijen. Fuera de este caso, la e:;propiacion es acto h•gítimo ele autoridad competl!nte, y se rNlliza por las rcspectiras autoridades locales, segun lns propias leyes é insti- tuciones, que resultan así en aumonia con hl Constitueion y leyes de la N acion. No si? puede, por lo tanto, prettmder que esta Corte atraiga á su juri :~dicd u n el t'onocimi t~ n lo de la causa admi11istrativa ele Provincia par,\ la expropiacion de las tierras de ·tin:uias á la cor.struccion del carnino de hierro qul! sd men o ion~ en la precedente solicitud, mientras no se discuta la constitucionll- lidad de la ley mbuiL qne ordena la expropiacion, mientras no se di cuta esta ley, como utentatoria á las garantías coustito- eionalcs de la propiedad pri\"ada, á fin de que e ta Corte dt'clare la iusu bsist{'ncia de la ley misma en virtud de la cual se rea- liza la <'l propiaciou. La n:&luraleza 6 tlistinta \"ecindad ele las personas, produce fuero ft'dcral rara e ·ta declaract:on jtttlicial, de un caso civil cor~tencioso contra la Provincia y Gouicrnu de Santa Fé, por acto ilegitimo ó iuconstitucümal de aquel Gobierno contra la pro¡,iedad privada, cuyo desapropio solo puede rcalizarsl' en forma ton titucional. En este sentido seria procedente la inbibitoria que se soli- cita, interin !'e resueh·e y falla por e ta Corte la cuestion de con!ftitucLnalidad 6 inconstitucionalidad de la ley.- El noto adt.ninistrath·o se dis::ute entonces como repugnante á la Cons- !iturion, y e ·ta Corte es as( perfectamente competente para rt:solrer en la cau.ta civil de \'ecinos de estraiia profincia 6 nadonalidad por alrnlado á la propiedad privnda, por at:lo ilt>gltimo contra tu propiednd p.Hticular, por t•l derecho civil de los biPne• t:n 1111 ::itua<'ion j uritl ica normal y fuera del cm: o de ttso lt>gitimo de !.1 soberanía t>n los bienes privados. Ji ' 1 t •