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LA IUft&IU COilft

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 26 ID: fallos_26_148

Ruling Text

tU FALU. H LA IUft&IU COilft ea la CC)nf•ontaeion pericial practicada por el Juzg;ldo con asía- • tencia del calígrafo don Clodomiro Gallardo, del que resulta que Galleteaux •~ comprometió IÍ abonar los honorarios que dnengase el doctor Lo pez en el juicio promovido por Dibolini, aia que en ningon caso tuviera este que pagarlos . .¡• Que en presencia de ese documento y de la ausencia do pruebo contraria que lo destruya 6 induzr.a á darle otro al- cance 6 significnuo del que clara y literalmente estú espresado en él, son ociosos ~ !mpertincntes todos Jos dcmns argumentos aducidos t'n apoyo de la cxcepd on opuesta, siendo bmbicn inútil decidir si t i abogado tiene 6 no nccion directa contra el Procutrador á quien lHl patrocinauo en una causa, para cobrarle Jos trabajos que le mandó hacer. Por estos fundamentos: fallo no haciendo lugar á la cxrepcion do iuhabilida•l del titulo, mandando eu consecn<'ncia se llore atlel:mte la ejccncion bJsla h11cersc pago el ncreetlor rjecutante del capital, int e r e s e~ y e o ·t11s. rir!Jilio JI. Tedin. Fnlle •e la l!fuprC'naa t:erle Bu,..nos .\ires, O.:tuhrc :JO tlc 1&!1. Yistos : Uesultan•lo !lo la carta de foj11 primera del e•lwdiou- té agrC'gado, rrcon•J<:ida por el UCithllltl:mtc, qu<: este st· dice superior del demuntlado y por lf> tanto, co:1 t.lerl·cho :i rt>prcu- derlo, como aparece de la rui3ma carla haberlo rerilkado. Y consideran do: Que darla esta rclncion de s u pe r i or ~ inferior entre <'1 tleman- dantc y (•1 demandarlo, (¡'uc no puede existir t>r:tre abogado y procurador, forzoso es reconocer c¡ul! el dentatHI:ulo no ptHio ct>lebr.tr el co:m~ n i o de flija doscicnlú'> veinte y cinco de estos