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No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 26
ID: fallos_26_152
Judges
Costa
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
DAÑOS Y PERJUICIOS
DOMINIO
CONTRATO
Ruling Text
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1111110 arUeulo eatableee ; !' Que Don Benigno Oarcia no a
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•niftnal de Don BoDifacio Zabala, ain6 aucesor par·
&iolllar 6 tftalo oneroao, 1 en la escritura de tranafuencia de
dominio del terreno por donde pasa la acequia, ni cstli eonsig·
aada la lt'rddambre, ni establecida la obligacion de otorgar la
escritora de sa coostitueion, para que Gareía esté obligado '
hacerlo; 3" Que aún acreditada la exi toncia del contrato
Yerbal1 gratuito entre Zabala y Zenarrusa, ~l no puede opo-
oerae 'Garcfa, conforme al artículo 63 del mismo titulo de los
Contratos, para que lo obligue á soportar el gradmen de una
Hnidumbre rral.
Por estas eonaiderr.eiones se resuelve : que Don Benigno
Oarda no estt\ obligado á cstcnder la escritura pública d.,
cooditacio_!l de la senidumbrc y ú pagilr las costa;j, daños 1
perjuicios que demanda I>on Gregorio Zenarrusa, salt"ando '
ede los d('reebos que tctaga contra el rt>ferido señor Z:.bala.
Y en cuanto' la demanda por daños y perjuicios de Garcia
contra Zenarrusa, 1 pago de un precio por el establf'cimiento
de la senidnmbrt, negándose por Zenarrusa la existencia de
tales daños y perjuicios, redbase esta cam·a á prueba por el
t'rmino de uinte días h4bile~. de-lJiendo eJla rrt·al'r: to Sobre
la uist~ncia de las sementer~1s que se dicen drstruidas por la
aeeqaia; ~ sobré su nlor; so 2obre fl hecho de haberlos des·
truido la reft'rida acequia; y . .t·• sobre el t"ulor drl terreno que
lata ocupa l'n h propiedad de Garda, con mas un metro do
anehB a1 cada costado debiendo hacerse este just iprrdo, por
medio do peritua que nombrarán las ¡tartes en e)
t~rmino de
le7.
Plácido S. de llustama11te.