D~ JlJSTU:IA NAUO!Il.U
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 26
ID: fallos_26_188
Voces / Materias
COMPETENCIA
Texto del Fallo
D~ JlJSTU:IA NAUO!Il.U
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plomlitica por el Gobierno ,Jel l';uaguay, ñ m~rito d(') tratado
de t877.
La pezquiza y c11plura de procesados ó sentenciados en país
extrangero. es medida de ;:lt .• pulit ia que com:s1•ondc ti la uu-
toridarl ejecutiva. };a entrega de lo · refugiados, al O(l\Jicrno,
6 al Agente diplom:itico que lo" reduma. inroc:tndo los prind-
pios gE-nerales d(') dl'r{'cbo de g-entes, ó las estipulaciones ele
una oont'encion 6 tratado intl'rn:lcional, t•s neto de poHt ica
extt>rior, que corresponrlr tambi ('n 1Í la rama ejet·ntira del Go-
bierno.
I~a estradicion, aunqu-e acordada en el interés de la
ju ticia represim de una nacion amiga, no e:;, JlOr su natura-
leza. acto judicial: el! neto diplon11itir.o; es act.o de gobierno;
es acto administrativo, que ni) dt•pcnde, simpll'menll•, ele los
principios generales del dcrechG de gente· t•n la r.aalt•rilt, ni
de las disposiciones con,·cncionalcs de un tratado intornacju-
nal, sioó tambien del estado de lás relaciones de ambo paises,
y del mooo en que el gobierno de aquella narion cumple, ti
este y otros respectos, los el<•bHes que le imponE>n los trnta-
dos celebrados con ella, 6 la ley comu11 fle las naciones.
Todo esto es estraño á lus funciones judiciales.
El poder j'udicial no tiene 1i su cargo b reprcsentncion ex-
terior de la Nacion; no con~u ce sus relaciones diploauúticus,
ni dirije su política e ·t rangel'!L,
N o está encargado de rumplir ú nombre de la Nacion los
deberes que el deret·bo de gent••s impone á la· naciones entre
sf; ni de ej t.>rotar sus trata1los.
Jo~ n una demanda dt• estrndicion, el poder judicial no sa-
bria, sin desnaturalizar sus funciones, drcidirse por considerll-
ciones de política, ni fundar su resoluciones rn otros moti.-os
que los que emanan de la doctrina ó de la ley escrita.
El poder judieial es, de esta tmerte, iucompetonte en esta
materia, y su incompetencia procede de la índole di.' sus atri-
bucioue ·, nn n~t· no' qnt' ele la naluralez.t t'jt•c:utifa dl'l acto.
T. l\'11.
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