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Para decidir si debía 6 no insistlr l"n su competencia, no ha

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 26 ID: fallos_26_195

Jueces

Costa

Voces / Materias

COMPETENCIA

Texto del Fallo

FALLOS DI LA &~PRIMA COftTI Para decidir si debía 6 no insistlr l"n su competencia, no ha oece.sitarlo, por cierto, mes y medio ; mocho mas, cuando la cuestion no era nneu, y 1 ~ babia prcocnp<Ldo al dictar el auto que motivó el oficio de foja 56. Los fine:; du la ju~ti cia serian burlados de la manera mas eomplet:1 y lastimo ·a, si los .Ju ~: ces pudiomu demorar indefini- damente· el despacho de lo· asuntos cometidos á su deci:sio,n. Por <'Sto, todas las legislaciones del mundo, les determinan tér- minos, y algunas muy es trech o ~ , dentro de los que dt•bon espe- dirse. L :L ley vigente en est;L Capital, fija el de 30 días para !:1 sentt>ncia definitiva. A.l mismo tiempo, acuerda li los interesll- dos el rlereoho de ocurrir al Superior, pur el recurso de 1'ela l'- dada ju1ticia. Es V. E. esto Superior en lo· ca ~:o ' de competencia, con res- pecto li los Jnec:-s de l'rovincill y cumple á su cll'vada mision impedir que sea torcido con dilaciones indebidas el curso ordi· oario de la justicia. Sírvase V. E. ordenar al Juzgttdo tle Santa Fé, antes mrn- eionttdo, si insistieríl en sostener su jnrisdiccion, remitl' los autos á Secretaría en el término de diez di as; 6 bien en el caso de no insistir, <lentro del mismo. cornuuiq u e á V. E. su desiis- timiento. Eduardo Costa. l"alle •• la ....... C::el'te Buenos Aires, Noviembre iO de 1883. Habiendo el Juez de Scccion comunicado al Juez de Provin- cia de Santa Fé su rPsolucioo de no acceder á la inbihieiun que le pidió en c~<ta causa, y estando en el deber en tal caso, el Juez exbortante de contestar, si insiste ó no en la contienda promo-