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D& JUinCIA lUCIOlUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 26 ID: fallos_26_232

Jueces

Barra Mendoza

Voces / Materias

QUEJA

Texto del Fallo

D& JUinCIA lUCIOlUL distrito 6 residencia del enrolado, y no se ha afirmado tampoco que no sea en este municipio el del hijo de la postulante. -Y qui11to, finalmente, porque d icJta exencion, siendo relativa solo al senieio militar aeti'fo, no puede entenderse dlidamente aplicable al caso du una carga vecinal ó de un sen•icio pura- mente civil 6 policial, como el de que se trata. Por todos estos fundamentos, y lo resuelto ademas por lb Suprema Córte, entre otros c~a s oii análogos al presento, en el que se rt>gistra en el Tomo ii página 73 de sus fallos: declaro no haber lugar á la petidon de foja ... y qut> re¡•nesto t>l papel de todo lo actuado, sati ·fechos In <'O~ tos y regulados los bono- rar.ios del Procurador Fiscal se archiven estas diligencias: pudiendo notificarse ú las llnrtos t on el original. ·. de la 1'orrc. VISTA DEL SE~O PI\OCUIUDOI\ GENERAL Uuenos Aires, Marzo 14 de 1881. Suprema Córte: Doñ:l Claudia B~&talla se queja de que su hijo Teodosio Bar- rasa está deteuil'l•> on el servicio de Policía de la Ciudad de Mendoza contra sn voluntad, dC!lJilll!S de haber onmplirlo con nceso el tit>mpo porqu ~ como C.uardia ~a c io nal entr6 de (ler- sonero por otr(\ Guardia ~ucional. Pitle que el ,Juzgado de Seceion ordene sea puesto r n liberta•!. Barraza no ha sido prtlso por autoridad naciorwl, ó á dt:fpo- licion de una autorida.flt1acional ó so color de una órden cmt:- tida. por autorillad nacimwl. 1\o se cucucntra por cousiguieutc, en uingnno de los casos pr\·ristos por el articulo !O de la .Lt-y de 14 de Setit>mhrt>. Propiamt>utc bab).1ndo, Uarrazn no ::e encuentra preso. Está