D& JUinCIA lUCIOlUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 26
ID: fallos_26_232
Jueces
Barra
Mendoza
Voces / Materias
QUEJA
Texto del Fallo
D& JUinCIA lUCIOlUL
distrito 6 residencia del enrolado, y no se ha afirmado tampoco
que no sea en este municipio el del hijo de la postulante. -Y
qui11to, finalmente, porque d icJta exencion, siendo relativa solo
al senieio militar aeti'fo, no puede entenderse dlidamente
aplicable al caso du una carga vecinal ó de un sen•icio pura-
mente civil 6 policial, como el de que se trata.
Por todos estos fundamentos, y lo resuelto ademas por lb
Suprema Córte, entre otros c~a s oii análogos al presento, en el
que se rt>gistra en el Tomo ii página 73 de sus fallos: declaro
no haber lugar á la petidon de foja ... y qut> re¡•nesto t>l papel
de todo lo actuado, sati ·fechos In
<'O~ tos y regulados los bono-
rar.ios del Procurador Fiscal se archiven estas diligencias:
pudiendo notificarse ú las llnrtos t on el original.
·. de la 1'orrc.
VISTA DEL SE~O PI\OCUIUDOI\ GENERAL
Uuenos Aires, Marzo 14 de 1881.
Suprema Córte:
Doñ:l Claudia B~&talla se queja de que su hijo Teodosio Bar-
rasa está deteuil'l•> on el servicio de Policía de la Ciudad de
Mendoza contra sn voluntad, dC!lJilll!S de haber onmplirlo con
nceso el tit>mpo porqu ~ como C.uardia ~a c io nal entr6 de (ler-
sonero por otr(\ Guardia ~ucional. Pitle que el ,Juzgado de
Seceion ordene sea puesto r n liberta•!.
Barraza no ha sido prtlso por autoridad naciorwl, ó á dt:fpo-
licion de una autorida.flt1acional ó so color de una órden cmt:-
tida. por autorillad nacimwl. 1\o se cucucntra por cousiguieutc,
en uingnno de los casos pr\·ristos por el articulo !O de la .Lt-y
de 14 de Setit>mhrt>.
Propiamt>utc bab).1ndo, Uarrazn no ::e encuentra preso. Está