DB 11JST1CIA ~ACIOI'CAL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 26
ID: fallos_26_236
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
CONTRATO
Ruling Text
DB 11JST1CIA ~ACIOI'CAL
"''
to Que ninguno de estos hec·bos h:\ sido negado categóri-
c:..ruente por el actor en su e~ crito de foja t8, de modo ctue
deben estimarse como ronfeos:ulos atento lo dispuesto en el
artículo 86 de la Ley ~ncionol de Enjuiciamiento.
3° Que adetniÍS, el hecho Capital l>Ura la SOlUCÍOO de este in-
Cidente, de la fecindad del dcmanchulo en la ciudad du Con-
cordia, está confirmado por ¡¡, certificacion del Oficial público
autorizunte del poder que obra ú foja t• del espediente agre-
gado, á cuyas constancias S\' ha S11metido el actor, todo lo
cual hace innece aria la prueba sobre e ·e punto.
4° Considerando tamhien: que e! co utra~o del cual deri\'au
las acciones que pretende ej<:rdtar el l)(,ctor . ocas, ha sido
otorgado en la Provincia dt• 1-:ntrc-Rio y en el mismo Depar-
tamento de Concordia.
so Que segun el artirulo 76, título IJc los contratos e11
ge11eral dt l Código Ci\·iJ , el lugar dt·l cumplimi .. nto de ellos
que no estufiese desiguado ó no lo i~~tlkare lu uaturaleza de
la obligacion, es ar¡uel en que el rontrato fué hecho, si fuere
el domicilio del deudor aunque de ·pu('s mudare u\! domicilio
6 falleciere.
6° Que tanto por esta circunstaucia, cuanto porque la. na-
turaleza de h's oh ligaciones creadas en el citado contrato
especialmente para el demandad·•, iudic.1 que no pueden cum-
plirse l'll otra parte, es fuera de duda que· uo puede deducirse
at.ct:iones que cstt!n su llordinado á él antt! otrus ,Jueces quo los
de ese lugar, atento lo que dispone fl artículo 12, titulo Del
domicilio, C6cligo Ch·it.
7°. Que en la d iscnsion bu bicln entre el J ncz Provincial de
Entre-Ríos acerca de su competencia de que inst;uyc el ('Spe-
diente agregado, ni en su f,¡llo se ha establt•cido nada que
importe atribuir el conocimiento d(' tu ctnha ul Juzgado Fe-
deral de la Capital, lo qut> por otrJ parte ninguna influencia
tendría en la solucion de la que aquí se ha promo,·idu, pues