DE ,ltJSnCU lll&ClOIUL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 26
ID: fallos_26_284
Judges
Costa
Ruling Text
DE ,ltJSnCU lll&ClOIUL
No ~s ~Ata la lletitud de un hombre que ha procedido en de-
fensa de su l"ida, sin6 la de aquel que, bajo el imperio de una
gran pasion, ba sido conducirlt• á cometer un becbo, cuyas
fut.11les consecuenoias principió á percillir.
Agrl-guese á esto la declnracion dt>l mi, mo Zeno sobre las
palabras qul! oyó i Lenguasco, " me ha dado una puiiuluda sin
dt'ciro1e nada y sin hacerle narla . ¡Ay mis hijos ya no· los
veré mas! •
Aunque singular, no deja de pesar y mucho esta declara-
cion, por su naturalidad difícil de imitar, a..¡{ como por el
contraste que presenta con la actitud de Giordano
Agr~guese, p.;r ttltimo, la ciTcunstancia de ser el procesado
hermano dt-1 patron del buque en que tut"o lugar el hecho. Fá-
t'ilmente se esplican las deficiencias de las declaraciones, por
los respetos del inferior al su porior, y por las relaciones de
compañerismo, que establece lí1 rida comnn en un pequeño
buque.
De lo espuPsto deduzco que, léjos de haber destruido l11 de-
fensa la presuncion natural de la ley, la reunion de circuns-
tancias y de antecetlcntes de que he hecho mérito, la robuste·
cen, ll('gando á formar la convjccion do que, atín en 111 easo
do que la agresion hubiese partido de Languasco, l·J que es
dudoso, Giordano eteedi6 en mucho los límites de una justa y
lf'jítima deft'nsa.
Adhiriéndome á la apelaciott interpuesta por el Procurador
i' isc"l, cumplo el penoso debllr de redir la revocacion de la
sentenci:1 apelada, 1 en su lugar, la pena de 6 años de peni·
tenciaria, con mas los daños y las costas del proceso.
Eduardo Costa .•