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DB llJITICIA lUCif tuL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 26 ID: fallos_26_314

Keywords / Subjects

SOCIEDAD CONTRATO

Ruling Text

DB llJITICIA lUCif tuL 3t9 t'AIJH-4 ~"111 D. Jaimf' llrotllcr!f co11tra el /Jr. /). rlllltf'lo l.atorrr .. ~obre m· dcmttizacion dr perjuicio.•. Sumario.-to La est,Jusion de un socio de la sociedad por las caustls que la ley sl'iiala. debe ser JWIIida al J LH'Z competente. y no ser \'criticada por sí mismos, por los otros sót ins. !o La 4-!Spulsion de hecho y con ,.¡,,letwia llc un ~ocin, sujl'ta al que la verificó, á las respo n sabi li tlad ~ s tí indemuiznciones consiguientes. S• Dichas respons:abilidJdes é ind em n i z~tc i(ln dl.'ben ser fija- das por peritos. Ca&o.-El Dr. D. AnicctoL;ttorre, du{'ño de un u ·erradero, hizo en 3 de Julio de t~ un contrato de sociedad por tres r&ños con D. J.J. Reyes y D. Ricordo Aburr11 como soci••s intlus- triales, obligt\ndose estos refaccionar la maquinaria que se .-n- contraba dett>rioradn y ponerla en colHI iciones •. :e :t!;l'rrnr una gran cantidad de piezas, dando abasto á la elaborncion de tublas, cuartones etc., li trabaj~tr como cnrpinteros ('o )a!; ohras, li construir dos carretas pura el servicio de la l.'mpresn, y reparar