O& IUITICIA I'CACIOI'UL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 26
ID: fallos_26_318
Voces / Materias
IMPUESTO
SOCIEDAD
CONTRATO
Texto del Fallo
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O& IUITICIA I'CACIOI'UL
cion t•,del Código Cifil y lla,readé y Pont, sobre el art ículo
ttót del Código de :\'apoleon. s~ tluc de I:L prueua producida
por el deman•lacio re u Ita, por otra parte, que el Sr. B ro tb~rs
dispuso, in autorizacion del s6cio g~ rentc Sr. Latorre, de made-
ras cuyo f.llor no tlevolvió, ni tlió cuenta de su inHrsion, efi-
denciantlo con su sil l•ncio l'l hecho .Je haber inspirado t('mores
fundados á su consócio, ele mala atiministracion de los i nt e re~es
sociales que le confiáru; lo cua 1 bast.1 para lejitimar tlll suspen-
sion, en la forma producida, s~Cgun lo liisput'sto por el iuciso 4°
del articulo 88dcl údigo que suitala como justa ca u ~ a de la es-
clo ion de un s6cio por los otros sócios, la mala conduc.ta de
este, comprendiéndose como tal, la que importa la d istraccion de
fondos sociales en provecho prupio, que es el heoho imputado al
demandantt>,y comprobado por los t('stigos. defoja .... y su siltmcio
absoluto al respecto; Go Que aparte de t's to ~ hecho·, y eansi-
deraciones legales, que .!l'mu ~str a n que el demandante no ha
justificado los estremos de su demanda, y 1 el dt>mandado las
de su defens:l; considerando llL cul•stion dtll pu nto de l'ista del
contrato de sociedad y d ~ los deberes en él impuestos á los aó-
cios, así como de las reglas jurídicas qu<' les son aplicables, se con-
prende y justifica el proceder dt-1 señor Latorre por el hecho de
no haber el dt.'mandante cumplid o con so obligacion de poner
el aserradero en conrliciones de funcionar ptara aserrar en gran
cantidad de maderas en un tiempo suficiente para hacerlo; por
cuanto es tambien causa lt'gal de eaclusion de un sócin, la e falta
de cumplimiento de alguna de sos obligaciones, teuga ó no
culpu ( Inciso i 0 • art. 88). A lo que se agr<>ga que siendo el
señor Brothers sócio industria], obligado á colocar en las con-
diciones espresadas, con su i11dustria, la mtiquina de aserrar
del señor La torre, y no habiéndolo hecho, le son aplicables lu
disposiciones de los artículos 6t del títnlo 7, se<'cion sa 1 las
del título ceDe las obligaciones de hactlr • del Código Civil, que
rf'SUt>hen en indemnizaeion dt- d--:ños la faltn de cumplimiento