LA llll'ILIJIA COIIft
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 26
ID: fallos_26_383
Ruling Text
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FALLOI H
LA llll'ILIJIA COIIft
.... y e·' tolllra /OIIaerederos de /J • . tlatJuel .4. Lin~ra, por
mejor d~r~lao d. un campo ; ~tehre prueiHu.
Stmlario.- La produecioo de pruebas fuera d~l uauuaCIJHI~
del uieuto del Juzgado, no debe admitine, si no se ha pe-
dido con arreglo al articulo 95 de la ley nacional dl• Prol'cdi-
111 ienos.
Ca1o. -En la causa de Buuge y e• con Linera, st>guida ant.e
el Juzgado Federal del Paran á, esta parte pidió, dentro del &t!r-
•iDo, la produeeioD de pruebas en la ciudad de Buenos Aires,
acord,ndoaele para ello diez 1 oebo dias mas dt! ttirmioo.
Ea&aodo por nnoer el t~rmino ordinario de los trdnta diaa,
pid¡ó producir pruebas en Gualeguayehti, y el ,Juez accedió.
Bunge y e• pidieron revocatoria .
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Paranl, Enero !8 de 181M.
Loe latcet DO pueden hacer restricciones al derech'> de loa
liticaatea, que la ley DO ha establecido. El artículo 9t de la ley
judiciaria, derl11ra ordinario el t~rmino para fliO•Iucir pruetJa