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El. Dr. Socei no se ba dado cuenta de las prescripcionea en

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 26 ID: fallos_26_390

Texto del Fallo

- sua eatadi01 ea U ni•ersidadu eatraageru, aates de "r adaai· tidoa ' la prMtica ea aueatro foro, acrediten que conooea la le¡islr.eion por que él ae rige. El. Dr. Socei no se ba dado cuenta de las prescripcionea en que apoya su ain~Qlar geatioa. Las deelaraeionesgenerales de la Constitucion no son fuentes de poderea ~r•e; ni pueden conferir á los Poderes esisteotes, .., atribucioaes que aquellas que las disposiciones determina· ~as les baJan conferido. De que el Poder Ejecuti'fo deba nlar por el bien general, por ejemplo, no se desprende que pueda de- clarar la- guerra al Gran Turco. por sf y ante sí, aunque la guerra en efecto eonsultllra. la prosperidad de todos. De que cada uno pueda ejercer su industria libremente, no se deduce que paedau los abogados y los médicos prescindir de la11 prue- bas de suficiencia que se bao juzgado indispens•bles para e·vitar mayores mates. Sirnse V. E. 'folver al interesado los t.ftulos. que ha acoblpa· ñado para que oeurra donde corresponda. Eduardo Coata . .................. e.... ldtlot .litt~, A.bnl a de 1M&. No inter'finiendo ante los Tribunales Nacionales, otros abo· gados .que los facultados para ejercer uta profesion, por los ·-~¡,de Profinciay de la Capital, ocurra el solicitante, eomo dice el señor Proeurador General, ante quien corresponda. IJeya,l'fasele al efecto, loa tí&uloa acompañadoa, repónganse los Hllus 1 arcbfYense. l. a. GHGa'IUGA. - 1. DOIIIJIIGUD. - UUDIILAO ftld, -a. M. J.AIIIRia. -•·•·JIIIAUo.