ase los aa&oa al Juzgado de so procedencia, prévia reposicion de selloa. l. 8. GOIO$nAGA.- tlUDISLAO FIIAI. -1. •• L11
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 26
ID: fallos_26_398
Texto del Fallo
etpecialmente la jurisprudencia establecida en la causa 11&,
pqina 56!.. tomo U, serie 1- du los Fallos de la miama Corte, no
la& lugar al embargo preventiYo que por segunda nz se solicita.
Joaquin Quiroga.
llolina apeló, y durante la apelacion, se decl r6 delíii ~rto el
recano que en los autos principllles babia delluuido Snlu de
la sentencia condenatoria, quedando t>sta ejecutoriada.
1 ..
11
S h ...
Baenoa Airea, Abril 6 de 181H.
Vistos; estando ejecutoriada la sentencia definitiv;• pronuu-
eiada en esta causa que condena al reo al pago de la c·antidad
demandada, y quedando en consecuencia sin objeto el presente
incidente sobre mejora del embargo preventivo, devnél\"ase los
aa&oa al Juzgado de so procedencia, prévia reposicion de selloa.
l. 8. GOIO$nAGA.- tlUDISLAO FIIAI.
-1. •• L11"1Ja.- •• D. PIIAIIO
(en. disidencia).
DISIDI!'CU
~!:atando ejecutoriada la aentencia que condena ul demandado
al pa¡o de la cantidad demandada; y resultando insuficiente
el embargo practicado para cubrir el crt~dito que se eo.bra, ae
r.etor.a el auto apelado de foja sesenta y cuatro debiendo mejo-
rarse r:l embargo 4 concurrencia de la deuda y demr.11 responaa-
büidadea de derecho.
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M. D. PIIAIBO.