← Volver a resultados

IDilnifieato general dt• f. tó con.cebido on Vrmiuo11 ugos que

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 26 ID: fallos_26_440

Texto del Fallo

1& IIISTICIA fiiACIOIUL 6° Qoe en euanto ' Ja tramitaCÍOD para el desp:u:bo, eJJa DO ba sido estrictamente obsen~&da, put>s que se uct'ptó indebidll· •ton&e 1 en fit~lacion d .:1 articulo 838 de las OrdenAnzas, t>l IDilnifieato general dt• f. tó con.cebido on Vrmiuo11 ugos que facilitaban la defrau•lacion; r aunqul! e:tta falL.a no s1•a impu- table al consignatario, lo es la •le haber rre:;entado 110 mani- fiesto particular, sin bacer en él la dt'cl.•rarion ile ignorar la11 especies, calidarl y rantidad de h>s articulo manifestados. como lo exije el artículo t08 ya citado. y sin lo cual t>l consignatario ea responsable de las Jifer('nrius que rt>sultasen, dt•claraC'Íon tanto mas necesaria cuanto que el maniUl'IJto del buque no •letermin<Lba e!it&$ condiciones: 7° Que aun suponiundo que 11e hubiesen ob ~t>nado · u ~ fotmas de la tramitacion en •·1 Je•' l'acbo, estando Pn el presente cuiJo probado l'l heobo rlo la ilefraud;tcion; de é:~t(J solo re21ultaría que loa empleados t¡ue ioh·niuieron en la operacion fraudulen- ta fueron cómplices, lo que de niugun.• manera puedt! servir de juatifieacion, ni siquiera atl•nuar la culpahilitlad del consigna- tario. aitndo por el contrario una rircunstunci.a que la agran; 8'• Que la liquidacioo de f. 93 no es conforme á las tlisa>oai- ciones tle las Ordenanzas de A.cluana, porque para ea'cular lo,; derPe' oa pagado~ de n1enos su ha deducido el valor de las bor- dalesas maoifestadal4 del de hts pipas intro1lucidlls. el ele laa euarterolas del dt· laii bordulezas, sh•ndo 118Í que dt>bierou deducine las cuiArenta pip.&'4 qtle han piig:&tlo el impue~to, d•· 1•• ciento treinta que se introdujeron: ochenta y cinco bordaleaat de eiun, yliquidaue el comiso de doce media.; pipas no mani- fl'atadaa, pues el n ceso de derochos pagatlos sobre la; enarte- rolas manifPstadas de mas. no puede repetirse por el articulo U8yaua correlatifos, siendo t~&mbien contrario á las urdenao- zas. artículo tO!iO, dicha liquidaeion, en cuanto solo carga do· bln dert>ehos ¿ la diferencia de valor entre la cidra. giDebra. Tino francét embotPilado '! el ajenjo y vermonth. considerando