← Volver a resultados

N ll:ln IO.l II'ACIOJIIAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 26 ID: fallos_26_444

Voces / Materias

NULIDAD

Texto del Fallo

N ll:ln IO.l II'ACIOJIIAL culo 930. sin6 el del 000 ya citado. •:t eorniso debe recaer no eobre la difllrtncia de cantidad y calidad, sinó sobre las mis· mal pipas, elagenjo y el rermout. En esta parte estoy t.unbien conforml' con la sentencia, as{ como en la relativa á Jo:¡ ··njones de acPite de á 5 ® que pa- saron por rajoues de bott'llas . .En est~ r.tso basta de comiiar la diferencia. El señot Juez, para la liquidaciou del comiso, tomn por base el precio de tarifa, prévi.l deduccion de los d erc~: b os. ~o Cil esto eso&cto. El precio de no artículo se compont: dl'l de tarifa con mas los derechos. F. te es el precio qne hubiera obtenido el articulo caitlo en comi ~o. Tendido en rcm.tte. E ~ él .v no simplemente el de tarifa, el que debe regir para la liquitiaeioo de la cantidad (•n que deben 'lcr condenado · lo ' señores Ber- na les. Por lo demás, estos s1•iiores h·111 aducido en su defensa gene- ralidades yargumcntariones que no son de lenuse en ruenta cuando median por una parte, lll'chos irrl'cus:ablcs y perft'<'ta- mente comprobados, y J)Or otra. di ~ posic ione:; h1s mas clara!! y termiGantes. Sírvase Y. E. confirmar hl !ICnlcncia recurrí•! a tMl la mo•li- fie;¡cion (¡ue dejo indicada. Eduardo C01ta . .............. Bueno• Aire•. Mayo 3 de 1881. Y istosy considerando : Que aegun el artículo dosl'ientos treinta y cuatro de la ley de procedimientos, es improcedt>~Jte el recurso de nulidad, no interponiéndose ante l•>s Jozg;tdos de Seccion junto r-on el de apelacion, en el término fijado para este, como ha sucedido fll el presente ouso; T. nu 31