N ll:ln IO.l II'ACIOJIIAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 26
ID: fallos_26_444
Keywords / Subjects
NULIDAD
Ruling Text
N ll:ln IO.l II'ACIOJIIAL
culo 930. sin6 el del 000 ya citado. •:t eorniso debe recaer no
eobre la difllrtncia de cantidad y calidad, sinó sobre las mis·
mal pipas, elagenjo y el rermout.
En esta parte estoy t.unbien conforml' con la sentencia, as{
como en la relativa á Jo:¡ ··njones de acPite de á 5 ® que pa-
saron por rajoues de bott'llas . .En est~ r.tso basta de comiiar
la diferencia.
El señot Juez, para la liquidaciou del comiso, tomn por base
el precio de tarifa, prévi.l deduccion de los d erc~: b os. ~o Cil
esto eso&cto. El precio de no artículo se compont: dl'l de tarifa
con mas los derechos. F. te es el precio qne hubiera obtenido
el articulo caitlo en
comi ~o. Tendido en rcm.tte. E ~ él .v no
simplemente el de tarifa, el que debe regir para la liquitiaeioo
de la cantidad (•n que deben 'lcr condenado · lo ' señores Ber-
na les.
Por lo demás, estos s1•iiores h·111 aducido en su defensa gene-
ralidades yargumcntariones que no son de lenuse en ruenta
cuando median por una parte, lll'chos irrl'cus:ablcs y perft'<'ta-
mente comprobados, y J)Or otra. di ~ posic ione:; h1s mas clara!!
y termiGantes.
Sírvase Y. E. confirmar hl !ICnlcncia recurrí•! a tMl la mo•li-
fie;¡cion (¡ue dejo indicada.
Eduardo C01ta .
..............
Bueno• Aire•. Mayo 3 de 1881.
Y istosy considerando :
Que aegun el artículo dosl'ientos treinta y cuatro de la ley
de procedimientos, es improcedt>~Jte el recurso de nulidad, no
interponiéndose ante l•>s Jozg;tdos de Seccion junto r-on el de
apelacion, en el término fijado para este, como ha sucedido fll
el presente ouso;
T. nu
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