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M refiere en su demanda ;

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 26 ID: fallos_26_453

Keywords / Subjects

PROPIEDAD CONTRATO

Ruling Text

.. ,,,, •• u ...... (.Oaft hacieada en loa potrerot d~l de•ndante las aulas ' que este M refiere en su demanda ; te Que estos hfchos, que rt>sultan ffe la afirmaeion termi- aante de los testigos enunciados, son adt>mas nrosímiles, por cuanto aparece de autos que ,el deman !ante. reservando desde tieJbpo :.trás paun su hacienda dtt in•ernada los pastos de su finca, babia resuelto y prnenido á sus empléados no admitir en ellos animall.'s agenos; y no es de presumir, sin antecedente alguno f~rorable al reSPfClo, que dichos empleados, faltando sin ruzon á. sus instrucdonu, admitieun t'spont6neamente '! sin una iwposil'ion, del g~ ne r o t.h· la que se alt>ga, la!l mulas en eut'stion, un nlinat•ro tan cnnsid .. ral.llé y sin tijacion de pre- cio, ni ninguna otro circunstancia que c:-aracterioo ó baga supo- ner la exi3tencia ó celebracivn de un contrato en el caso y no de un simple bet·bo llerado á cabo por roluntad superior. 3" Que aunque resulta t'lenamente constatado, ror las pro- pias decl.araciones d ~:l demand:tnte, que estos hechos no bao 11ido acompañados de \'iolcncia y !le han llevado á cabo en vir- tud de la órd~n solamente del clt.•m•mdado y de la invoeacion ilt>gítima que p~or su manclato se hizo del nombre y autoriltad del es-Intendente. fieol'ral ~d¡¡on . c>11os sin en1bargo responsa- bilizan por cmnplcto á dirhu demandado, que u an1lo de su au- toridad y sin estar fllcultado 1 or la lt·y ni di!~posicion alguna para diliJ)I)ner 6 dttr órdenes resrecto de la propiedad agf.>ua, ni para hacer requisiciones ó exijir contribuciones particulues de clase alguna, CIUitiú, sin embargo, la órdeu de usar de la del demandante; ,6• Que no basta ' etonerarlo de su respon!i&bilidad, la cir- eunatancia de que el es-lntenclente aludido, con 6 sin la creen- eia dn que él afirma, ae bailaba, de que los potreros en q ae se le d ió euenta habian sido eneerradas las mulas, eran del Es- tado, aatoriz,ra ú orden,ra al oficial condaetor ¿ peraueeer en ellos haata la oportunidad correspondiente: primero, porque