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lo siguiente: 1 ~' Que

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 26 ID: fallos_26_458

Ruling Text

01 1\}STI(¡IA ftACIOliiAL ........ ~_ ....... Corrieo&es, Octubre i9 de 1883 . . Y vistos: Resulta de estos autos lo siguiente: 1 ~' Que S. E. el Sr. Kini!ltro de llelacioues Exterioretl de la Naeion, dirijió á este Juzgado el oticio que corre á foja 8, acomJ•aiiatulo los do- cumentos en lo::~ ~ u ;ales el Sr. Ministr.o del Jlrasil apoyab., la solic-itud de estradicion que babia hecho de los indidduos H~r­ menegildo Saldanba, Teodoro .\.ssuaga ú ,Justo Lopez, Natalio ltiveiro y Juan Villordo, que se b~Lllaban presos, los tres: pri- meros en Goya y el último eu Libro&; y en vista de l!so::~ docta- meotos y de lo expuesto por el }'iscal, se dictó el auto de fuja tO, o.rdenando la pri ·ion de di cbot~ individuos, si ya hubiesen sido puestos en libl·rtad, ó mlmteniéntlola si todada estuviesen presos, y señalánd9les un plazo para •!educir las excepciones qul! pudieran favorecerlos; pero librados los exhortos necesa- rios paraa la ejeeucion de este auto, resultó que Jos individuos presos en Goya figuraban con otro,; nombres qne los reclama- dos por el Brasil, y se llamaban Jnocencio, Pedro y Cipriano Oonzalea. uo obstante, el Juigado mantu\'o el auto de prisioa 1 ordenó P•lr auto de fecha il de l'ebrero de ea~e año. cí>rrieok á fojas 51 fuelta y 53, que los individuos Gonzalez fuesen con· ducidos ' esta Ciudad y se practicasen varias dilijencias para jusUficar su iden~idad con los reclam!ldos; y ordenó, asimismo, que Juan Billordo, preso eo Libres, fuesu conducido á esta Cia- d~. . to Que remitidos desde Ooya los individuos llamados Gon- ulea, se les tomó declaracion., las que corren desde foja 80 Jaasta M 1 de eUu resaltan contradiccionu notables que d6n moUYo para aospechar que se han cambiado el nombre, pues IDieatras que Pedro Gooulez dice que e~t primo hermano de Ci- priaDO Gonnlez. 1 que es hijo único. bautiudo en c·Tacua· •