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U MJPUIIA COBT&

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 27 ID: fallos_27_18

Texto del Fallo

fALLOS H U MJPUIIA COBT& '! arebivese. -11. Qrciroga y fionzalez. -Lo mandó y firmó tl Juea de Prim.-ra lnst1tntia t'n lo Ch·íly C;~mercit&l Dr D. Ho- noriu Quiroga y Gouzulez, en , ... de Marzo de tM.t; doy fé ~ E~ttquitl Balba"eg. t;scrihano Público y de Ntímero. En lll mi:o:m.1 f(•cba notifí'}oé :·1 Agt·nte io'i!!cal, doy fé :- Eclaagüe. - Balbarreg. Parani. Yarzo 8 tle 18Sl. Visto3: La notn cll'l Jnt'z 1lu t• Instancia de t:11ta circuns- cripcion judicitll, en qne se niegta ti remitir ti e~Jte Ju1.gado los autos testamenturios del finado D. Benito Medinu, lus razones por ~~ esput•stus, y lo pedido por la parte du Echet'arria, y Considerando: Que los Jn llce~ Xacionules titmen el derecho de e,;pedir órdenes ti los de l'•oviucia, para t>l cumplimiento do actos y diligencills judicialc:; que sean neceS¡lrias practicar dentro del territorio asignarlo ,¡ la juri:~dicci on de aquello~ . segun lo edtablace claramente el articulo 66de la h•y nacional de proeedimientos. Nn es aceptable la interpretacion re~Jtrktiva que t•l J ucz do t • IU!Itaneia d' li dicha disposicion, limitándola á solo los J u e· ces y autoridades inferiores, porque no es lícito hacer distin· ciones qutt la ley miamll no hace, ubi lex llOil distit~gtcit t~ec nos cliltinguere dtbenuu ,· y menos aun cuantio esa interpretn- cion hiere el fundamento ntismo de la di :~ posicion. que es el im- perio que todo Juez tiene dentro del radio jurisdiccional, como t>lemento nP.eesario p1\fa el ejercicio de su nutoridad, y del cual nace el derecho de urdcnar y •le ser obedecido. Ni é11ta facultad do ord•• .1ar roc noSC~iba, como se pretende, la jurisdiccion provincial, cmuHin oiJ¡& !!e t'jerct>, como en el pre$en· te caso, en juicio dl!l ~uero federal y no de la jurisdiccion pro-