DE JUSTICIA lUCIOI'I.AL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 27
ID: fallos_27_21
Jueces
Costa
Texto del Fallo
DE JUSTICIA lUCIOI'I.AL
jurislliecion, por no ser bastante rl'spetuosa. Segun Stl des-
prende do las estensas consideraciones en que apoya su dcne-
gacion, dt>bit>ra decirse : encargo á Ji . S .• ruego á r. S., su-
l .
' ,, ... ,
1> tco a .. ,. etc.
Todo esto es pueril, y es doloroso dé motivo á rPcursos y
dilacione' que redundan en perjuicio de las partes y descrédito
de hl justicia. Este incidente lleva ya poco menos do 6 meses.
F~ l Juzgado fle Seccion sostnvo que la requisicion babia sido
librad11 en forma, y ocurrió al Slip •rior Tribunal de Justicia de
la espresad11 Pro,·incil' de Entre Rios, al <•bjeto de que se sir-
viera disponer que t>l Ju1.gado rle t• Instancia ordeuám I:L remi-
sion de los a.utus en cucstion. El iutercsarto en esta diligencia,
alarmado por la dt>mora, se quuja, á mi' juicio con ra1.on, de que
el señor Juez de Sccciou ~;e hr1ya tlirijido al Tribunal Superior
de l~ ntre Wos, en vez de ocurrir á V. E:.
Es V. E. y no los tribunales de ProritlCÍIL, ltt autoridad Ua-
mad~L tÍ resolver l:ts cuestiono3 de compotPncila, 6 los contlictos
de j urisdieeion en que puedan encontrarse comprometidos los
Tribunales de la Nucion con los do Provincia. De otra manera,
la justicia de la Xacion, 1Htimo intérprett> de la Constitncion
y de las leyes nacionillos, qued1Lria subordinacl:J. á los Tribuna-
l ~s de llrovincia.
Pienso que debe V. ~~ . rl.'voc ar el auto apelado ; y decl:urar
á la vez, que la requisitoria do f. t ha sido librada en debida
forma, haciéndolo saber ul Juzgarlo de t n Instancia, para la
remiision de los autos que le han sido pedidos.
E'dum·do Costa.
Falle•ela8•• ..
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lhu~nos !irc11, Ju nio i tle 1884.
Yislus : Esplic:ind11Sc por el Juez de Seccion, en el último