← Back to results

DB JVITIC14 lUCIOlUJ,

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 27 ID: fallos_27_31

Keywords / Subjects

COMPETENCIA NULIDAD

Ruling Text

DB JVITIC14 lUCIOlUJ, 35 D. Bernando /turraspc !J otros, cor1tra la llrovmciatle Santaf'é, por nulidad de ww tnmt,a; aobre competencia. Sumario. - to J.os Tribunales Federales no son competentes para conocer de la demanda dedueida por varios en el carácter de comuneros, si no se prueba que cada uno de estos individual· mente tiene el derecho de deducirla ante dichos Tribunales. !O La violacion de una resolucion de la Suprema Corte, solo puede dar derechos á presentarse ante ella á los que ban sido actores directos y formales en el juicio relatil'o, y no á per- sonas estrañas at él. Caso.- D. Bern11rdo lturraspe y otro~. comv condóminos de los campos que fueron dados en merced á D. Miguel Arrascaete, en la Provincia de Córdoba, 011 i 757, demandaron á la ProYincia de Santa Fé para que se declarase nula una venta de parte de esos campos, que antes de ejecutarse ei laudo de la Suprema Corte en la causa entre dicha Profinoia y las de Córdoba 1 Duenos Airea, sobre límites, y con 'fiolaci.on del articulo 8 del pacto interprovinci,al que la sometió á la Suprema Corte, hizo 1• ProTia:cia demandada á D. Javier Arrufó, presumiendo que le fueran adjudicados sobre Córdoba.