← Back to results

Aleproo que la competencia de la Suprema Corte rusultaba

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 27 ID: fallos_27_32

Keywords / Subjects

COMPETENCIA

Ruling Text

• fALLOS 8& U SUI'I&Eiü CO&TE Aleproo que la competencia de la Suprema Corte rusultaba dtdtriftl' aas derechos ~e D. Miguel A.rraacaete, que fué ncioo •• C6rdoba, 1 caya sucesion representaban, 1 de tratarse de la nolaeioo de UD pacto interprovincial1 de la ejecuciou de una resolucion de la Suprema Corte. La ProTiocia de Santa .F4 opuso la excepción de ineompeten- cia. de falta de ,personería, 1 de defecto legal en el modo de proponer la demanda. VISTA DEL 8E~Oft PROCVRADOft GENERAL Bueno• Airea. Junio ló de 188.1. Supr~uJ Corte : 'Viene <'d e asuulo 4 V . .E. nlegándose por parte de la de- manda: 1° que su conocimiento corresponde á la juriRdiccion orijinaria de esta Corte. por razon del arbitraje que aceptó V . .E. en la cuestion d ~ U m itea entre las Provincias de Santa- l'é 1 C6rdoba; ea decir, por razon de la materia; !O por razoo de laa peraonu, por cuanto se trata de una cuestion entre una ProYincia 1 un Yeeioo de otra. P.aréceme por demas •iolento todo esto. El arbitraje no confiere á V. E. mas jurisdiecion que la ue· ceaaria para dirimir l!i cuestion de limites. Trazada y aprobada la linea que ha de deslindar; ... de6nitavamente los territorios de cada ProYiocia, la misio o de V. E. habrá concluido: Peucliente el juicio arbitral, tiene V. E. a in duda alguna, in- diaputable facultad para prohibir toda ionovacioo. N ioguna de lu tres ProTincias podrá ni alterar mojones, ni tomar poaeaioa de loa lerrenos disputados, ai méno~ constituir sobre elloe de- rechos que no existieron antes. Si Jo hiciera, aus actos serán nulas 1 de ningun nlor. Es este, á mi juicio el alcance tlel Jc(·rclo de V. K., de r ...