DI lll8ftCIA !'&ClORAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 27
ID: fallos_27_43
Voces / Materias
PROPIEDAD
SOCIEDAD
Texto del Fallo
DI lll8ftCIA !'&ClORAL
mandó por jactancia ti la Provinci:' de Santa Fé por bllber pro-
testado, atribuyéndose derechos de propiedad, contra la vertta
de dichos cam()OS enr.argad<& por él á los martilleros A. Bullricb
y e•, que la habian anunciado por los perióciicos.
Confllrido traslado, el re¡nosentante de l:t Provinda. nlí'gó
qoe los anuncios de venta esprcsaban <tuc se hacill por lirqoida-
cion de una sociedarl. y q1a• no lmii1Í•1dose jn:;titicado qt:e todos
Jos miembros de esa sociedad eran vecinos de distinta Provincia
ó estrangeros, la ,''u¡lroma Corte no podia entrar á conocel' en la
dcmandt1.
llnzan conte·tó que la cscritum de los campos estab;a. en . u
no~mbre, y que los marl'illeros habían anuuciado que se hacia
la venta por liquidacion do una sociedad, tal vez. por creer que
esto favorecería el resultado del remato.
VISTA DEL SE~OR 'PROCURADOR GENERAL
Ruenos Aires. Marzo 21 de 1884.
Su1>remtt Corte:
Consta, cíi efecto, de In e ·critura ;1gregad,, á. foja~. que las
t67 legun' que flan lugar ti t'sta cuestion han sido C$crit11,1radas
á nombre e elusivo de Don J. lL Buzan, y, entre uoa. escritura
pública., y lo qut> pueda haber dicho ~ 1 remalador. \. E. no
puede vacilar.
Creo, por esto, destituida de fu11damentos la excepcioo o¡mes-
ta JlOr parte dul rovresontante 1lcl Gobierno dl.' Santa.}\!.
J..'dua.rdo C01ta.