Oeste d,_, dicha barranen del Conejo, no existen terrenos de
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 27
ID: fallos_27_54
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Texto del Fallo
rALLOí DE U SiJPUiíl.l Colín
Oeste d,_, dicha barranen del Conejo, no existen terrenos de
ealtiYo auceptibles de tegauiu.
Que, por lo· mismo, se hace inútil entrar á tratar en espe<'ial
del hecho de sí la acequia estu,·o ó no corriente y en estado dl:l
recibo, el dia! de Julio de f88t, dja ~:~n que fenecía el término
fstipulado, en la transaccion de fecha! de Junio de dicho ai1o,
para su construccion.
Suponiendo, sin embargo, por un moment-o, que la aeequi~t
solo debía construirse ba.sta el punto diviso.rio de las dos he-
redades, resultaría tambifn que la obligacion no había sido
cumplida. Así resulta del ioformt.: del perito Sr. Hudson, quien
indica todas las composturas y reparaciones qua precisa t!l tra-
bajo hecho para quu se encuentre en f'Stado de recibo. Resulta
tambien que los trabajos no estabun terminados, de las decla-
raciones de los testigos D. Abclardo A:;uirrc, D. Tomás L\mu-
cbilst&goi y D. Ignacio Fernandez, en('ar:;ado p()r el Sr. 'l'em¡ple
de llnarlos á cabo.
8° Resta abora averiguar, cuáles sean los perjuicios que de-
ben indemnizarse. No ofrece duda, en 1>rimer lugar, que se debe
el importe de las reparaciones y composturas que rt~q uiete la
acequia, .calculado por el Sr. Btulson. Que se debe, nsímismo,
el costo
d~:~ la prolongacion de ltl acequia hasta atravesar la
barranca divisoria de las dos chacras, calculado tambieu por el
Sr. Ingeniero. En segundo lugar. el importe de los dos canales
u:eneionndos, sin lo cual no sería posible pon('r el agua, á costa
del obligado y á di. posieion del Sr. Torres, en el punt,o conve-
nido, segun la escritor~ de su referencia.
Aqoí puede objetarse, quizá, que segun las dfclnraciones de
Tomás Amuchaslegui. Ignacio Aguirre, fué D. l"rancisco Tor-
res quien construyó el pue nt~:~ sobre el aguaducto del Cot1cjo.
Este hecbo, seguramente no se opone á la constancia fehaciente
de la escritura y demás relacionado, porque no se espresa en
parte alguna, en qué carácter realizó esto D. Francisco Torres;