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DE nJ&nCIA IUCIOIUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 27 ID: fallos_27_187

Texto del Fallo

DE nJ&nCIA IUCIOIUL t9t Consideru.ndo: to Que no espres1¡ndose en los rt!S))ect.ins partt'S de fojas !, .&, 5 y 6 e o que se el á uu.,llt •t del exceso de (H cajones sobre lo declarado en el manifiesto gl'll<'rtll, lllle en In época re ~ pectiva de es.tos documentos existiese pMte del cargamento clel vapor en tierra, ni mencionándose e~ te IHNho como fundumento de la resolucion recurrida. de\Jc tenerse como un hecho probado que por lo menos basta la tíltima fec~aa de estos partes t~lll)'O 13 de 188.1), el cargamento íntegro. estaba aún á bortlo del vapor y de las lanchas de descarga, mucho más cu;tndo es un hecho alegado ror los consignatario!l recurrentes y no contradiuho por la vista Fiscu.l, el de que este estado de cous continuaba aún el 1& de Mayo, fecha de ltt última concesion pua adicionar el manifiesto, segun resulta del informe de foja 96. !" Que tratándose de errort'S cometitlo.s en el manifie:sto general de nn vapor que goza de la franquicias de paquete, se- gun se comprueba por la patente acompltñatla á foja !1. las linira.s disposiciones legales que lo son aplicabiPs son los artícu. loa 866 y IUi de las Ordenanzas de Adm\na, redactadu cspresa- mente para regir este caso especial, en cuat.to al término conce- dido para enmendar los manifiestos generales y á la penalidad establecida contta las falsas manifestaciones. 3' Que las diMposiciones de los artícnlos 934 y 980 invocados por la resolueion rel!Urrida, no rigen el caso 31tb j"dice, refi· ri,odose eapresamente á los errores en Jos manifiestos de despa· cho directo, segun esprcsamente- se consigna en cada una dl' estaa disposiciones . .¡o Que basta comparar las disposiciones aludida!! en el ante· rior eon-iderando con lull contenidas en los artfculoa 51 y U05 JlO que disponen los artículos 8467 u; de las Ordenanzas, para eonencerse de que uisteo tres clases de disposiciones con relacion 't>rroresy rectificaciones en manifiestos, y de que cada aoade ellu rije casos diferentes que necesitan ser juzgados