DI 11JSTICIA I.UCIOIUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 27
ID: fallos_27_189
Voces / Materias
ADUANA
Texto del Fallo
DI 11JSTICIA I.UCIOIUL
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en el manifiesto general, comprende, no solo los que se cometen
con relacion á 1• carg;1 con destino á este puerto, sinó tambien á
cualquiera otro de tránsito, desde que estaúltima tiene taaabien
que comprenderse en el manifiesto general, artículos !O 1 Si de
las Ordenanzas, y la circunstanci:1 de qu ~ ~ata última no baya de
ser desembarcada en este puerto, en nada contraria la disposi-
cion de los precitados artículos , los que se refieren, al fijar el
término hllbil, á la perman<'ucin á bordo de la carga del buque y
y no á tales 6 cuales bultos, tuanifcst;indose claramente con es-
to, que basta que OU11lquiera puto del cargamento haya tocado
en tierra para que se dé por terminada la descarga.
7" Que la jurispmdeneia que se invoca por la resolueio.n recur-
rida, como establecida por la Sup: ema Córte en los dos fallos
cit&dos, no es aplicable, pues en los dos casos á que esos f;•llos
se refieren,. se alegaron y justifircaron hechos tendentes á demos-
trar que los errores cometidos en la manifestacion no. eran in-
voluntarios, sinó calclllados para efl'ctuar una defraudacion
contra los derechos ti ·cales: en el caso del a Colombia •, que la
Aduana ténia avisos anteriores á s.t entrada de que se efecturia
una defratulacion por falsa manifestacion, y en el del .. Italia •
la r·eiteracion ele enmienda de los maniliestos por la mbma
casa consignataria; agregándose á más, en el primero, que parte
de l.a carga estaba ya en tierra cuando se pretendió enmendar
el manifiesto, por lo que,. cualesquiera que hubieran sido las con-
sideraciones sobre que se dictaron estos fallos, su resolocion
est4 basada en los artículos 816 y sn' que requieren que el error
sea involuntario y qoe la carga permanezca á bordo antes de la
adieion del manifiesto, y
So Que de lo:i precedentes relativos al presente caso re-
sulta nidenciad.o por los mistnos partes en que se dá cuenta del
exceso encontrado y por los fundamentos de la resolncion recur-
rida, qne en la fecha de la úJtimaadicion del manifiesto geDeral
del vapor • V ercingetoril• toda su carga uiatia 'bordo del npor
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