DI mlftCIA 1'.\CIOlUL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 27
ID: fallos_27_193
Judges
Barra
Costa
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
Ruling Text
DI mlftCIA 1'.\CIOlUL
un
de 187! ae constituye' este Juzgado en Tribunal de apelaeion.
por ser el mas próximo del territorio de la P11tagooia y eu tal
car,eter no puede entender siuó de los recursos ordinarios 1
reco.nocid.os por la ley de Procedimientos N11ciooates. y de nin-
guna manera avocarse juicios de t• lnst.aneia. como lo pretende
Crespo, ó resolver competencias que oo sean formuladas de con-
formidad ' la ley: se declara incompetente elite Juzgado para
re.oher la presente causa. comunicándose así por oficio al Sr.
Ministro de Justicia, con inserciou de la vista fiscal. U.epónga-
se los sellos.
Isidoro A lbarracit1.
~1ST A DEL SL~OR P:ROCURADOR CE~.ER4L
Buenos Aires, Abril21 de 1884.
Suprema Córte:
Los hechos cuyo esclarecimiento solicita el ex-Joez de Paz
de Biedma, han tenido lugar en el territorio de la Patagonia. y
su conocimiento corresponde á los autoridades de la misma, y
no al Jugado de Secciou de la Provincia de Buenos Aires.
I~a ley de Octubre de t87! confiere á los Jueces de Paz de los
Territorios Nacionales la jurisdiciou civil, comercial y criminal.
Ya st~a. pues, que los actos, que se cali.fica de abusivos. d.el ex-
Juez Crespo, den Lugar á acciones civilus 6 criminales. su co-
nocimiento correspond.e origioari~mente al Juzgado de Pt&z de
la loc~lidad.
Sinase V. E. confirmar la sentencia apelada.
Eduardo Costa.
T •. J. VIII
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