Dll ltllftCI& IIACIO"AL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 27
ID: fallos_27_195
Voces / Materias
RESOLUC
Texto del Fallo
Dll ltllftCI& IIACIO"AL
t89
3- La notificacion de la resolucion administTati'a heclla al
consignatario de la carga, no es causa de nulidad de la misma,
desde que el consignatario de la carga fu~ notificado tambien,
y ae le concedieron los recursos lt>gales.
Caso. -
En la goleta e }~lor Correntina •, consignada i
Cas.telltort y e•. vinieron Sl! rollizos qnebracho colorado, con-
signados á D. Hermano Altgelt.
Castelltort y C•, dieron fianza para presentar las guías den-
tro de 30 dias.
Se presentó la gula por t tO rollizos, quedando tO! sin lenn-
tarse la fianza.
Dando cuenta del hecho, 1 prestada declaracion por Altgelt
y Castelltort y C•, se dictó la siguiente:
RESOLUC:ION DEL AD.ll'ISTRADOR. DE ADUA!CA
Buenos Aires, Setiembre U de 188!.
Resultando de lo actuado en este espediente, que no sella
presentado la guia en el término acordado, en infraccion i los
artículos .t85 y .686 de las Ordenanzas de Aduanu, y no alegin-
dose fuerza m11yor que haya impedido su presentacion, se re-
suelYe: aplicar la pena de dobles derechos, con arreglo al nrtf-
culo 989, sobre los Jondos de que se dll cuenta en el parte de
foja t•. Bagase saber 1 fecho pase i Contaduria y Tesorería,
á llUS efeétos, prhia reposicion de sellos por el denunciante.
J. Lui1 Amt~Mo.
Caatelltort 1 C•,.que fueron notificadoe de la .reaoluoion .ante-
rior .. apelaron al Miniiterio de Hacienda, J este la cordirm6.