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Dll ltllftCI& IIACIO"AL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 27 ID: fallos_27_195

Voces / Materias

RESOLUC

Texto del Fallo

Dll ltllftCI& IIACIO"AL t89 3- La notificacion de la resolucion administTati'a heclla al consignatario de la carga, no es causa de nulidad de la misma, desde que el consignatario de la carga fu~ notificado tambien, y ae le concedieron los recursos lt>gales. Caso. - En la goleta e }~lor Correntina •, consignada i Cas.telltort y e•. vinieron Sl! rollizos qnebracho colorado, con- signados á D. Hermano Altgelt. Castelltort y C•, dieron fianza para presentar las guías den- tro de 30 dias. Se presentó la gula por t tO rollizos, quedando tO! sin lenn- tarse la fianza. Dando cuenta del hecho, 1 prestada declaracion por Altgelt y Castelltort y C•, se dictó la siguiente: RESOLUC:ION DEL AD.ll'ISTRADOR. DE ADUA!CA Buenos Aires, Setiembre U de 188!. Resultando de lo actuado en este espediente, que no sella presentado la guia en el término acordado, en infraccion i los artículos .t85 y .686 de las Ordenanzas de Aduanu, y no alegin- dose fuerza m11yor que haya impedido su presentacion, se re- suelYe: aplicar la pena de dobles derechos, con arreglo al nrtf- culo 989, sobre los Jondos de que se dll cuenta en el parte de foja t•. Bagase saber 1 fecho pase i Contaduria y Tesorería, á llUS efeétos, prhia reposicion de sellos por el denunciante. J. Lui1 Amt~Mo. Caatelltort 1 C•,.que fueron notificadoe de la .reaoluoion .ante- rior .. apelaron al Miniiterio de Hacienda, J este la cordirm6.