DI IOI'I1aA IUCIOIUL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 27
ID: fallos_27_223
Keywords / Subjects
CONTRATO
Ruling Text
DI IOI'I1aA IUCIOIUL
c'atbonuier 1 e•, por cobro de pesos procedentes de sobreesta-
dw : resalta :
t• Que en Febrero del corriente año, se presentó al Juz-
gado el capitan Mao Donald, n•prcsentado por el procurador
Vomwiller, eaponiendo: Que hab ia traído en su buque, con des-
tino al puerto de Buenos Aires, 11 donde llegó el dia feinte y
cinco de No•iembre anterior, consignado' los Señores Portalis
Fr.rea, Carbonnier y Compañía, un cargamento de carbon y la-
drilloa refractarios, siendo despachado por la A~uana y que-
dando, en consecuencia, listo para la descarga el dia veinte 1
seis siguiente; ~oe lejos de dur principio los consignatarios
iamflcliatamente ' dicha operacion, solicitaron del capitan para
que Uense su buque á Punta de r~ara, por confenir mas a s.us
iDteresél qo .. la descarga ae efectuase en ese ponto, compro-
meti6ncloae 'pagar todos Jos gastos que irrogasen con tal mo-
tiYo, ' lo que él accedió; Que el cargamento constaba de scis-
eientl\1 troee rmetli 1 t.-meladas de C4rboQ, 1 ciento ou 1uent~ 1
'
dos de ladrillos, lo que hace on total de setecientas cincuenta
1 cinco toneladas y media entregadas á los consignatarios; Que
con arreglo al contrato de ftetamento, dicha carga debia st>r
aacada del buque á razon de cuarenta toneladas por dia, de
modo que, segun el número de fStas, debió efectuarse en diez y
nune dias b'biles, y como el buque qued~ listo para dar prin-
cipio • dicha operaeion el veinte y seis de :Noviembre, la des-
earp debi6 terminar necesariamente, segun el computo de dias
'
h'biles que Una la Prefectura Marítima, el 'einte y cuatro de
DieieiDbre del mismo oaño; Que los consignatarios dejaron libre
el buque de so cargamento el 'einte 1 cinco de Enero, resul-
tando, de consiguiente, una demora de treinta y dos días h'biles,
que 'razon de cuatro peniques diarios por tonelada de regi ~tro
estipulados, sobre cuatrocientas no,enta y siete que se le asig-
u ea la p6liaa de fletamento, d' un total en moneda nacional,
ele aail trescientos Yeinte y cinco pesos oro cou tr<'inta y cinco