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Ó e.krgo ffiGrÍlÍmo en ~mpo a p.wra, l'Uel Ya ettot a u toa

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 27 ID: fallos_27_236

Ruling Text

tU declare V. E. no ser el pr~seote a a caso tk a~ieralo Ó e.krgo ffiGrÍlÍmo en ~mpo a p.wra, l'Uel Ya ettot a u toa al Jalpdo de au procedeDoia para que conoaca de fl por da de apelaoion, 1 en Yirtud de lo dispuesto por el articulo de l11s Orde.nanzas antes recordado. Eduartk C011tJ • ........... , ... Buenos Aires, Noviembre 4 de 1881. Vlatos: Resulta de autos que la balandra (e .Margarita • fné despaohada por la Receptoría General del Ajó, con cargamento de nonntay dos cajones de leniUIS 1 rabos de bury en con· sena, con destino á este puerto y bajo gu(!l de tráuilo; lta- 6ienclo a~ansado allL el pago de 101 dutcltOI dt exportadon (l'oja cuatro del expediente agre¡ado); Qae la Comudaucia General de Marina, puso dicha Balan· dra 1 cargamento ' disposioion del Administrador de Reatas Nacionales, por latJ/Jer intmtado burlar la vigilancia tk la E•· cuadra, for~ando el bloqueo e.tablecido (Nota de foja ocho del miamo npedieute) ; Que, e habiéndose deducido dirersas reclamaciones con mo- tivo tklbloqueo, y á fin de ntender debidamente á los qoe se decían damnificados •, el Poder F.jecuti•o de la República, por decreto de nueve de Agosto de mil ochocientos ochenta 1 uno (foja cuarenta de los autos principales), instituyó una comision compuesta de vari:ls personas, 1 ae nombraba entre ellas, en primer lugar, al Administrador de Rentas Nacionales de Buenos Airea, Don José Luis Amadeo ; Que a conformidad con lo li1dicado por esta conuaion, nom- brada para el t:romen de loJ ralamo1 p6r 101 apraamimiOI lteclt01 tluranle el bloqueo, el mismo Poder EjecutiTo resoltió,