DE lllSTICIA l'ACIONAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 27
ID: fallos_27_281
Keywords / Subjects
SOCIEDAD
Ruling Text
DE lllSTICIA l'ACIONAL
foja 13, alegando: "que en primer lugar llamaba la atencion la
intervencion que asumía ese señor Laportillil, el que si bien
puede tener interés en el res ultado del pleito. por razon del
embargo trabado en lo que pudiera corresponder á Brunengo,
esto no lo habilitaba para hacerse parte actita en este juicio;
que dos puntos babia sobre tus cuales estaban perfectamente
de acuerdo; el primt!ro era el antect-dcnte establecido por la
Suprema Córte de que al demandante le incumbe justificar
el número de funciones que se le impidió dar y los daños y per-
juicios que sufrió por ese motiro; y elst-gundo. •ue se babian
dado diez y seis funciones de las treinta que se iniciaron el
ocho de Julio de mil ochocientos ochenta, de suerte que todo
quedaba reducido al perjuicio que pudiera haber sufrido en
catorce funciones; que la planilla presentada por el demandante
era tan arbitraria como las consideraciones en que se p:reten·
dia fundarlas. pues suponer qoe el pueblo se encontralJa dis·
puesto á concurrir á fiestas despnes de los luctuosos sucesos
del año de mi! ochocientos ochenta, era algo que estaba en
pugna con el sano criterio y !os sentimientos de toda sociedad
civilizada; que babia sido necesario para llegar 11 la suma .fijada
eo la deaumd.- prescindir de los verdaderos antecedente¡ que
surgen de las diez y seis fuuciones de la temporada, haciendo
cálculos imaginarios que habrian convertido á Brunengo. en el
m.as feliz de todos los empresarios; que en la Alegría. como en
todo teatro. el boletero de cada funciou levanta un estado que
en su forma es análogo al que ha presentado aquel, en el que
se consignan las localidades y entradas que le entregan, las
que de estas se espenden al público, las que resultan sobrantes
y el importe de lo rendido, todo lo que constituye eJ. cargo de la
boletería; que en presencia de las diez y seis funciones dadas de
la temporada en cuestion, que es la base de criteri.o ·mas razona·
ble para poder apreciar lo que hubieran producido las catorce
restantes, puede afirmarse que han dado por resultado para