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DE lllSTICIA l'ACIONAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 27 ID: fallos_27_281

Keywords / Subjects

SOCIEDAD

Ruling Text

DE lllSTICIA l'ACIONAL foja 13, alegando: "que en primer lugar llamaba la atencion la intervencion que asumía ese señor Laportillil, el que si bien puede tener interés en el res ultado del pleito. por razon del embargo trabado en lo que pudiera corresponder á Brunengo, esto no lo habilitaba para hacerse parte actita en este juicio; que dos puntos babia sobre tus cuales estaban perfectamente de acuerdo; el primt!ro era el antect-dcnte establecido por la Suprema Córte de que al demandante le incumbe justificar el número de funciones que se le impidió dar y los daños y per- juicios que sufrió por ese motiro; y elst-gundo. •ue se babian dado diez y seis funciones de las treinta que se iniciaron el ocho de Julio de mil ochocientos ochenta, de suerte que todo quedaba reducido al perjuicio que pudiera haber sufrido en catorce funciones; que la planilla presentada por el demandante era tan arbitraria como las consideraciones en que se p:reten· dia fundarlas. pues suponer qoe el pueblo se encontralJa dis· puesto á concurrir á fiestas despnes de los luctuosos sucesos del año de mi! ochocientos ochenta, era algo que estaba en pugna con el sano criterio y !os sentimientos de toda sociedad civilizada; que babia sido necesario para llegar 11 la suma .fijada eo la deaumd.- prescindir de los verdaderos antecedente¡ que surgen de las diez y seis fuuciones de la temporada, haciendo cálculos imaginarios que habrian convertido á Brunengo. en el m.as feliz de todos los empresarios; que en la Alegría. como en todo teatro. el boletero de cada funciou levanta un estado que en su forma es análogo al que ha presentado aquel, en el que se consignan las localidades y entradas que le entregan, las que de estas se espenden al público, las que resultan sobrantes y el importe de lo rendido, todo lo que constituye eJ. cargo de la boletería; que en presencia de las diez y seis funciones dadas de la temporada en cuestion, que es la base de criteri.o ·mas razona· ble para poder apreciar lo que hubieran producido las catorce restantes, puede afirmarse que han dado por resultado para