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DE JUSTICIA NACIONAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 27 ID: fallos_27_349

Keywords / Subjects

AMPARO PROPIEDAD CONTRATO

Ruling Text

DE JUSTICIA NACIONAL tes, nada seria tan incquitativo é inconreniente' los intere- se:~ ,del país vincula1lo:> ,¡ ~~~ inwigracion estranjera, como dea- pojar siu razoues fundamentales 6. los Colonos que llegan bajo la ft! pública y al amparo de nuestras institucionta, de las propiedades que les acuerden los Gobiernos, en territorio• incultos, despoiJiaiJos, dospues de haberlos poseido por la.rgta años, agredidos por los ·alrajes, y en las cuales, desputa de regarlas cou su 'IHlur y sangr~. han erijido sus bogares. Por estos fundamentos, no ba lugar á. la demanda, con coa- tu. Notifíquesc cou el original y repónganse los sellos. f "enelon Zuviria . ................ ~ .... Buenos Aires, Noviembre 'l7 de 181M. Y •istos, resulta: Primero. Qnc con fecha diea y nueYe de Febrero de mil ochocientos cuarenta y siete el Gobierno do la Provincia de Santa 1-'6 celebró con Don Alejandro Cou•ert el eontrato de colonizacion de foja cuarenta y seis, por el cual se concetlian il este, para formar una nueu colonia, cuatro leguaa de terreno al Sud de la Je San Javier con fondo al Saladillo, 1 i cada una de las fa mili a~ que fuese IÍ poblarlas, un solar 1 UD& auerte de chacras otorgándosele lo. escritura de propiedad i los tres aiio;i do su efecti\'o establecimiento y polJlacion, y el concesionario se obligaba, por su )larte, á introducir en ella el número de TeinLc familias, por lo m~o os, en el término de· un mes, so pena de quedar r<'scindiflo el contrato y poder el Go- bierno disponer libremente de dichos terrenos. Segu11do. Que entre los po\lladort's de la nul'"l colonia figuran loadtmanJados Don,.'rancisco .Ecbcllc y Don José Voilloa, quie- Dtl, despues de haber quedado re-¡;ciudido el contrato eon Con·