D& IUSTICIA !IIACIO!IIAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 27
ID: fallos_27_420
Texto del Fallo
D& IUSTICIA !IIACIO!IIAL
(}AIJMA l'll
D. EslttlaU Catltua COtllra Jlivolta Carboui y e•, por cnbro dt
!fobrtl'ltadítU ; &obre pruebaJ
StuntJrio. -
Los documentos que so prc·sentao como prueba
de los hechos ale.gados y contradichos, y no como fundamento
de la demanda 6 contestacion, deben ser admitidos, tataodo
dentro del t~rmino.
Ccuo.- D. Estenn Canessu dem:uul6 á' Hirolta, Cllrboai J
ce, por sobreestad{aa.
NtgtJdos los hechos de la d ~Jil;l nda, se recihíó la causa '
prueba.
Dentro dtl t~rmino probatorio, Rivolta, Carboni y C•, pre-
aentaron unoll c~rtiticados por cartas de sócioa comerdantf;s so-
bre el uso comercial, de que hicieron u1érito en J.a conteatacion,
jur11odo que recico los bi,bian reci uhlo ; y Canessa acompañó
dos carta:~ de Rivolta, Caarboni y C•, {)ÍIJitmdo a&quellos y est.s
que se reconociera contenido y firma de los documentos pre-
••ntadoa.
El Juez de Seccion, por auto di' foj :l cincuenta y o<'ho, accedió
'la peticion de RiYulta, C.uboni y e•, y por auto du fvj;¡ die&