← Volver a resultados

D& IIJSnCIA lUCIOlUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 27 ID: fallos_27_434

Jueces

Rodríguez

Voces / Materias

CONTRATO RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

D& IIJSnCIA lUCIOlUL conatrucc:ion de un ramal desde la estaoion del ferro-Carril Central Argentino basta el Puerto do la Ciudad del Rosario, que babian contraltado con el Gobierno . . El Juez de Seccion dictó sentencia, que fuó apelada por Ledt>sm¡' hermanos. Estando la causa para resolverse, sa di6 cuenta á la Supre- ma Corte du l1uher ·irlo re cintlirto rl contrato del Gobierno Nacional con Rodri.guez, y no tener ya objeto la espropiacion. La Suprema Corte, p('r auto de 2.t de Enero de f885, declaró sin objeto el recurso pendiente y mandó dt volver Jo~ autos. Ledesma hermanos pidieron ·e dcrlarase q~te las cost,as del jnicio eran de cargl) del Fisco. \1STA DF.L SE~OR PROCURADOR GBIU~RAL Buenos Aires. Enero lO de 1885. Suprema Corte : Esta espropincion se hacia á nombre y por cltenta de len Empretarios 1e1iorcs /1(1dr1:r¡ue~; los mi mos señoresLedesma lo reconocen. El contrato de dil~h os señores Rodríguez ba sido rescindido; y, sí los seliore · Ledesma hubieran de ser indem· nizados de los gastos eu que han 1ncurrido, segun pretenden, quedaría áresoh'er sobre quien pesará la responsabilidad, si sobre el Gobierno, 6 sobre lo:; que dieron lugar á(¡¡ rescision. Pero. es esta una nue\';\ y doble cuesLion que Y. E. no es llamado á resolver en este momPnlo, y qul' qo puede ser resuel- ta, por otra parte, sin la iotervencion de aquellos á qnienes directa é inmediatamente interesa. La sentencia de V. E. que declt&ra sin objeto la espropia- cion, ni reconoce, ni niega á los seiior~s Ledcsma lo~ derechos á la indemnizacion que ahora pretenden, ni los que piden lea