LA 8UPiliiU COilT&
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 27
ID: fallos_27_437
Judges
Costa
Pinto
Keywords / Subjects
BANCO
Ruling Text
PALI.oa H
LA 8UPiliiU COilT&
Qae el Banco ba probado 1511 escepeion con la primera via de
la letra end•JSilda por el misruo ejtwutante y cbancelada, cor-
riente 6 foja ...
Que el p•go as{ justi ficado es lt'gftimo y causa l:l liberacioo
del Banco, porque presumiPndose que t i se ha ,·erificado de
buena fé pur aparecer tlel mlSillO documento haberse hecho i
su fencimiento sin que hubiese mt>dia•lo embargo de su valor
(arUt'ulo 867 dtJI Código d~ Comercio), era á cargo del ejecutante
probar lo contrario ;r tal prueba 110 se ba rendido, pues ni
siquiera ha insinuado, al c·.ontestar el escrito de escepcion, que
cumplió aquellos deberes que la ley le imponía como propietario
do una letra eslratiada ó roba1la (urtrr.ulos 886 y 868); y este
silencio de part.c de l'assana y del endosatario Fcrraria y Pao-
letti para con t.•l Bunco, ha debido hacer pr e~ u mir á este que
el poset:>dor de la primera ria era el verdadero propietario.
Que la prueba rendida por el ejecutante, á mas de ser imper-
fecta por su forma, e>s completamente iuconducentl', pues aun
suponiendo el hecho de que la letra se bubit>se pagado á una
persona que falsamente se atribnyú e! uso d" latirma « 1-'erraria
y Paoletti• el pago es válido, como qu1•da demostrado.
Por estas consideraciones: de conformidad á las disposicio-
nes citadas, declaro que no ha lugar á la t>jecucion iniciada
por Fassana eontrn el Banco ~ aeional de esta Ciudad, pudiendo
aquel ejercitar el derecho que creyese, tener en juicio ordinario.
Con costas al ejecutante . . Levántese el embargo trabado y re·
p6nranse loa sellos.
JI. de T. Pinto •
....... ......... ....
Buenos Airea, Peb"!ro li de 188ó.
Y •iatos, resulta: qoe la Sucursal del Banco Nacional en el
Paraná, jir6 una letra contra la casa central de Buenos Aires