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DI .11JITICIA tUClOtiiAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 27 ID: fallos_27_458

Keywords / Subjects

PROPIEDAD

Ruling Text

DI .11JITICIA tUClOtiiAL inaplicable al caso en euestion la doetrina de qne bastaba eual- qaM!r clue de poaesion contra el despojante, por viciosa que rueae, 1 Ain necesidad de presenbr título ~ lgtano ¡ porque el articulo en que dicha doctrina se apoyaba se refería lll (lt>spoj:- do de la pousion de imnuebln. - Que por t'altimo, el esponente ha uaado de on derecho inoontestable al ~crear su terreno, y si eon esta medida quéda prh·ado j'ernandez de alguna fentaja de que disfrutaba antes, ello es el r esnlt;ldo inevilable del ejercicio de un derecho. Que' m'rito de estos antecedentes, y considerando ahora : to Que la última sínte$ÍS de las opiniones record<ldas se re- sume en una euestion de derecho, 11 saber, si el seüor }'ernanduz tiene 6 n6 la posesion requerida pau el interdicto deducido. to Que para la investigncion ~e este punto, verdaderamente preju.dicial, es preciso recordar que las acciones posesorias no 10lo corresponden' los poseedons de inmuebles, sinó que, por anal(;gia, se han eatendido á otros derechos re•les, especial- mente 'Joa derechos de servidumbre, que sol) desmenbra- ci.ooea de la propiedad. (Pothier, tomo to, página 731, y tomo 9-, página i18, número 38, edicion de t88t.- Aubry et Uau, 1 t85 número 3•. - M.aynz, § t3.'>, 4• edicion. - Molitor, Po- aesioo, número U. - Xota del Codificador al artículo tn cfH la Posmoll•1 otra del Dr. Segovia sobre elartfeulo!" ttiJelm a«W~ posesoria~ » . - Artículo 65. título t.! , elle ltU l er'Vi- tl~&nt6m• ). SO Que esta estension dada tí las acciones posesorias, si bien aparece contrariar la idea misma deJa posesiou. que supone eomo elemento esencial el poder f{sie.> sobre una cosa, y no puede, por eonaiguittnte, rigorosamente aplicarse sin6 á objetos materiales; conaiderada la poses ion en sus relaciones con el de- recho de propiedad, se manifiesta, sin embargo, como el ejerci- cio de poderes eomprendidosen esttJ derecho. Y bajo este punto de Yiata. se ba orei.do poder estender la idea á las 'Servidumbres,