DI .11JITICIA tUClOtiiAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 27
ID: fallos_27_458
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
Ruling Text
DI .11JITICIA tUClOtiiAL
inaplicable al caso en euestion la doetrina de qne bastaba eual-
qaM!r clue de poaesion contra el despojante, por viciosa que
rueae, 1 Ain necesidad de presenbr título ~ lgtano ¡ porque el
articulo en que dicha doctrina se apoyaba se refería lll (lt>spoj:-
do de la pousion de imnuebln. -
Que por t'altimo, el esponente
ha uaado de on derecho inoontestable al ~crear su terreno, y si
eon esta medida quéda prh·ado j'ernandez de alguna fentaja
de que disfrutaba antes, ello es el r esnlt;ldo inevilable del
ejercicio de un derecho.
Que' m'rito de estos antecedentes, y considerando ahora :
to Que la última sínte$ÍS de las opiniones record<ldas se re-
sume en una euestion de derecho, 11 saber, si el seüor }'ernanduz
tiene 6 n6 la posesion requerida pau el interdicto deducido.
to Que para la investigncion ~e este punto, verdaderamente
preju.dicial, es preciso recordar que las acciones posesorias no
10lo corresponden' los poseedons de inmuebles, sinó que, por
anal(;gia, se han eatendido á otros derechos re•les, especial-
mente 'Joa derechos de servidumbre, que sol) desmenbra-
ci.ooea de la propiedad. (Pothier, tomo to, página 731, y tomo
9-, página i18, número 38, edicion de t88t.- Aubry et Uau,
1 t85 número 3•. -
M.aynz, § t3.'>, 4• edicion. -
Molitor, Po-
aesioo, número U. -
Xota del Codificador al artículo tn cfH
la Posmoll•1 otra del Dr. Segovia sobre elartfeulo!" ttiJelm
a«W~ posesoria~ » . - Artículo 65. título t.! , elle ltU l er'Vi-
tl~&nt6m• ).
SO Que esta estension dada tí las acciones posesorias, si bien
aparece contrariar la idea misma deJa posesiou. que supone
eomo elemento esencial el poder f{sie.> sobre una cosa, y no
puede, por eonaiguittnte, rigorosamente aplicarse sin6 á objetos
materiales; conaiderada la poses ion en sus relaciones con el de-
recho de propiedad, se manifiesta, sin embargo, como el ejerci-
cio de poderes eomprendidosen esttJ derecho. Y bajo este punto
de Yiata. se ba orei.do poder estender la idea á las 'Servidumbres,