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Sr. San Germos puede exigir. es «1110 !W hagan.~· deho serlt• imlife-

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 28 ID: fallos_28_213

Ruling Text

118 •~&os lnbli• se relacionan c.mn la seguridad du la ,.¡¡,, ~· nadie mejor puede haeeriOlJ que los mismos oonstructoros. Todo lo lfiiC el Sr. San Germos puede exigir. es «1110 !W hagan.~· deho serlt• imlife- reniE', sea por él. ó por la empresa. Pido, á m~i&o de lo espuesto, la confirmacion de la sentencia re- currida. FRIIu de IR l!lallt .... UIR t :na•h• \' istos: Por sus f undamenlo!i. se .:onfir•oa la scntu1u.:ia a¡.olada du foja \cinte y uu(we: declarándose que las c:ostas del juido. ~o n á car~o de la IJiruc••ion del Ferro-Carri~ do conformidad al arliuulo diez y ocho de la ley de f!SI)ropiacrion, y que ellas consistun ''" l:as de actuacion y en los honorarios df' los puritos. Ro1mestos los sello1;, dcruúlransc. J . IJOlll~ti(!I:L- l' L\biSL.\tl t'RI.\S. - s. ,.. L.\sru:a. - t't:ur.au:u 111,\R- m·· at:~. ---··-