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No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 2
ID: fallos_2_127
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
Ruling Text
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DE JUSTICIA
NACIONAL
55
tes para sostener contra Diaz Cruzla acusacion de comph-
cidad en
la falsificacion de
los espedientes mencionados.
Diaz Cruz apeldé de este auto, y el Juez concedid la ape-
lacion.
Miéntras se sustanciaban
las tramitaciones de la segun-
dla instancia, el Gobierno de la Provincia, 4 quien
el Juez
dei Crimen habia remitido copia del auto, la remitid 4 su
vez al Ministerio de Relaciones Exteriores de la Nacion,
Este did vista al senor Procurador General de la Suprema
Corte de Justicia, quien la evacud diciendo;
El caso
es rejido por tratados ptblicos con la Nacion,
y
Su conocimiento es de competencia del Juzgado Seccional
de San Juan, con arregio al art. 2° de la ley de
14 de Se-
tiembre de 1853 sobre jurisdiccion de los Tribunales Na-
cionales.
Solo en el caso de ausencia 6
&
gran
distancia
del Juez de Seccion,
los Jueces de Provincia tienen ju-
risdiccion concurrente; pero solo para aprehender el reo,
segun elart. 12 delamisma ley.
Por estas razones creo que
el caso debe someterse
al
Juez Seccional deSan Juan.
Francisco Pico.
lil ministerio de Relaciones Exteriores dicté el siguiente
decreto:
Buenos Aires, Marzo 24 de 1865,
Devuélvanse al Gobierno de San Juan, para
que remita
estos antecedentes alJuez de Seccion, haciéndose mante-
ner en prision al acisado, hasta que el juez resuelva
lo
que corresponda.
Hlizalde.
Huo consecuencia de este decreto;
los autos fueron
re-
mitidos al Juez Seccinnal en 18 de Abrilde !885.
En una de las piezas del sumario aparece una declara-
cion de Diaz Cruz, esponiendo que no queria ser volunta-
riamente trasladado 4 la Republica
de Chile.
El Consul Chileno presenté un documento sobre el cotejo
de letras de un espediente de Renca escrito por Diaz Cruz,
y la de las piezas dle fojas 1°, 2°, 3°,
4°,
5° y 6° del proceso