DE JUSTICIA NACIONAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 2
ID: fallos_2_160
Jueces
Ramos
Costa
Voces / Materias
ADUANA
Texto del Fallo
ĉȊ
DE JUSTICIA NACIONAL
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Los articulos deben necesariamente ser pesados y medi-
dos; si, segun dice
el Procurador Fiscal,
no siempre
se
cumple con esta prescripcion y por esta causa se ha de
desatender una razon legaly que nace de las disposiciones
y
principivs de aduana, entdnces se haria soportar 4 los
comerciantes Jas mas ligeras equivocaciones y serian estos
victinas en sus intereses del peligro infundado de queno
cumplhesen los empleados de aduanacon sus deberes.
No es asi como se deben considerar estos
asuntos: con
arreglo & las disposiciones de aduana el error
no podia
pasar inadvertido, como de facto
ha sucedido, y esto
es
fuerade duda; y tal circunstancia viene 4 demostrar la
inculpabilidad de) error.
Debe tenerse presente tambien lo insignificante del ex-
ceso, medio por ciento, y que en este concepto
no puede
presumirse que quisiéramos esponernos, por ganar tan
poca cosa indebidamente, ganancia que era imposible con
arregio 4 las disposiciones de aduana (segun lo hemos de-
mostrado), 4 perder loque nos acuerdan
las mismas dis~
posiciones (el 8 p. %/o).
Por tltimo, volvemos 4 decir que
el gobierno
siempre
ha resuelto estas cuestiones en el sentido en que lo espre-
san las disposicionescitadas, y que aun tomaba mas datos
sicreianecesarios, para resolver deun modo
equitativo y
justo.—
El
Juez Nacional,
con una amplia jurisdiccion, si
puede decirse asi, no solo ha admitido el error inculpable
y que no podia pasar inadvertido 4 la aduana, siné que sin
entrar en mas investigaciones ha confirmado coz costas la
resoluciondel administrador,
ateniéndose
& los mismos
fundamentos de este.—-Sise admitiera tal doctrina,
con-
traria 4 lo observado, no solo se perjudicarian los intere-
ses del comercio sin mofivo alguno, sind
que resultarian
completamente inoficiosos los recursos creados por Ja ley
para estos asuntos.
El caso de rectificacion del manifiesto que propone
en
su sentencia el Juez Nacional esdelos que menos pueden
ocurrir.