ɼɼ¤ɼčɼ µȳɓãȋɼɻƌŗƤɼƍɼǾǿȀɼd ɼ Ĩ0ɷɼȁÑŘðɼ ɼ4ɼ ƎřƥŚȴ
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 2
ID: fallos_2_172
Keywords / Subjects
ADUANA
Ruling Text
&Zɼ#.ɼ&ɼ
ǝ ɼǶɼ3ɼƁŌɼđɼ
%ÜƂɼGǷĥɼÝǸɼƃɼɡɼ tɼɼ2ɼɼK[ɼ Ɵōɼ
²sƴ1Hɼsɼǹ-)Ŏ@ɼ¨ɼ
¶ɼɋ)ɼ,*ɼŏĕȨ"ɼɌɼǐɼƠƵ,ɼ ɼ ɍɼĖȩ'ɛɤ
4ƶȪɼƷɵɼƄ
ɼÞƅɼ ɼȫȈȬ0ÈɼČɼIǑQ:kɼ
´ŐĉƸȭlÉɼ)ɼaëƓŢɼƆɼǒĦɼüƇɼ,Ȯɶ ƈɼbkɼɼőɥ
ȯȉƽHɎìţɼɼǓƉ<ɼɼbýŒÊɼœƹoɼŔɼ5ɼ Ëƺɼɦ
ß*ɼělÌɏɼÍƊɐ5
ɼ
CȕǔÎħÏ1ɼơȍɼǕȰɼ&ƘɼƋɼ
àɼ
ɼE:ŕ%ɼUɼǖǺƢŖɼ
ǗǻɼǼƣáȊgɼɼ¢ɼ$ɑƔȸǂȖɼ ɒɼǽ
ȱâÐ@ɼƻȲ"ɼɼ¤ɼčɼ
µȳɓãȋɼɻƌŗƤɼƍɼǾǿȀɼd ɼ Ĩ0ɷɼȁÑŘðɼ
ɼ4ɼ ƎřƥŚȴ"ɼ
ɼ
śÒɼɲGƖŜ_ȂɼɼBɼä;V:ɼƏĊɼĎƼ%ɼ
Ɛɼǃ-*ɼBɼ68ɼRpÓmɼƑɼ mŝĠÔŞɼDŽɼ3ɼ ĩş<ɼ
74
FALLOS DE LA SUPREMA
CORTE
partida, pero que devolvieron 16 bultos por la mala calidad
del articulo.
Delfino declaraque la yerba veniasin factura, y tenien-
do que venderlamanifesté el peso bajo un calculo aproxi-
mativo. Despues recibi, agrega, las facturns orijinales, y
me presenté ala Aduana pi‘liendo se me permitiera rectifi-
car el error padecido.
Con estos datos el Administrador dicté el siguiente de-
creto:
Buchos Airés, Abril 17 de 1865.
« Considerando:
1° que el exceso esta confesado; 2° que
«
el error por no tener factura noes excepcion legal, desde
« que laley permite no manifestar el peso cuando se igno-
«
ra; 8° quela rectificacion que se pidid fué posterior al
« descubrimiento del exceso; y 4° que dicho exceso pasa
« del 8 p.°/) de tolerancia que acuerda laley a los articulos
«
de peso: decléranse caidas en comiso
las 64 arrobas
de
« yerba que han resultado demas
de lo manifestado, con
« arreglo al superior decretu cle 1° de Setiembre de 1858, y
hagase saber.
Aguirre.»
Delfino recurrié de este decreto al Juez Seccional de Bue-
nos-Aires, pidiendo su revocacion & mérito de que su con-
ducta, en este caso, lo coloca en el delaresolucion guber-
nativa de 17 de Agosto de 1858 que ordena la aplicacion de
dobles derechos sobre
el exceso,
y no la pena de comiso.
Fundando su pretension, dice:
Por un error manifesté un peso menor del que efectiva-
mente tenian los buitos que trataba de depositar.
Miéntras nose pedia el despacho del articulo para su in-
troduccion en plaza, no podia intentarse ni menos aun ca-
ber fraude ulguno,.
Despachada uni parte dela yerba, y obtenido el permiso
para reeinbarcar los 16 bultos que restaban, noté el 26 de
Octubre ultimo, el error que habiapadecido,
y me limité
en consecuencia ddisponer de 8 bultos solamente, dejando
los otros 8 para solicitar la rectificacion, como lo
_hize es-