Caso:—-En Agosto de 1864 murid intestato en
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 2
ID: fallos_2_209
Ruling Text
Caso:—-En Agosto de 1864 murid intestato en
la Capifal
de Buenos Aires el subdito espanol don Francisco Arango.
El] Consul de Espafia paso al Juzgado de 18 Instancia en Jo
Civil
de aquella Provincia una nota, manifestandole el
nombramierto de Albaceas dativos gua habia hecho en les
personas de don Juan Frias y de don José Henry
de
los
Llanos, en uso de las facultades que le concede el decreto
nacional de 19 de Noviembre de 1862.
Pero, presentdse al mismo tiempo el Sr.
D.
Odon Ro~
driguez, alegando ser sobrino legitimo del finado Arango,
y pidiendoen consecuencia ser nombrado su Albacea junto
con D. Juan Frias.
Hl Juez de 1* Instancia en lo Civil, con fecha 26 de Agos-
to, del mismo afio 64, acepté, con calidad de provisorios, 4
los Albaceas propuestos por el Consulado, reservandose la
facultad de resolver, despues de practicado el inventario,
el incidente sobre albaceazgo promovido por Rodriguez.
El 31
de Agosto resolvid
dicho incidente, declarando:
que cesaban enel cargo de Albaceas los nombrados por ei
Consul de Espana, y nombr6 en su lugar al Sr. Trelles por
ser pariente del finado, y no constar de autos la existencia
en Espana de otros mas inmediatos, nombrandojuntamen-
te Albacea al Sr. Frias, por haber convenido en elloel Sr.
Trelles; y confirid 4 D. José Henry de Llanos el cargo
de
defensor de ausentcs.
El Sr. de Llanos pidié revocatoria de este ‘auto, interpo-
niendo
el recurso de apelacion parael caso de que no se
hiciera lugar & aquella.
H] Juzgado despues de haber oido'al Fiscal sobre
este
punto, no hizolugar &larevocatoria y denegé la apelacion.
El Sr. Llanos interpuso enténces el recurso de hecho an-:
te
el
Superior Tribunal de Justicia dela Provincia, fun-
dandose en que Rodriguez Trelles no reunia la condicion