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No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 2 ID: fallos_2_235

Keywords / Subjects

IMPUESTO

Ruling Text

ɬ2ƷʈůʈEȅ<Ƹņǐ6(ʈǑŰŇíʈ ű–ʈ AÐƹþ4ʈđʈ ėŐʈ ʈ ŲʈI&ÿʈMʈǘ0ʈȘĈʈų;ƙňȺtʈ ʈ@ Ȼʈ ʈ>ɛrÑʈBʈoʈEɳ ɡʼn ŊʈĀʈ ɩʈ ʈ ¢ȼ…ʈ = ʈ %à#ʈ 9+kÒʈ Ƚʅ†ʈ ƚʈʈmȾʈĠƄw‡ʈ ȆÓuvʈŴʈŵɜ ʈƂʈ)ʈ ·ƅxq9d ˆʈʈȿÔƛǒTʈġGʈ ÕǓźOʈ*ʈ Eȇɀʈîɴ ȋƺê`뮉ʈɼʈĉșɁʈƜŋ*ŠʈšʈŶʈ«áŌȌDʈāʈ)Ż‹ʈNʈɂʈ(ʈ DE JUSTICIA NACIONAL 99 7° Corrido asi el tiempo sin comparecer el Comisario, ni instar Horney la prosecucion del juicio por haberse au- sentado de la ciudad, comparecid éste de nuevo presen~ tando el escrito que, con el decreto en 4l.recaido acom- pano en coplalegalizada para mayor satisfaccion de V. E, 8° Intimada la nueva citacton al Comisario, ella noha tenido otroefecto que la negativa de éste 4 firmar la no- tificacion, -y rehusarse hasta hoy 4 comparecer ante el Juzgado. Por ultimo tengo la conciencia de que la demanda no ha sido contra la Provinciade San Luis, sind contra un agente de su Gobierno; pero gi la Suprema Corte piensa de distinto modo no espero sindla resolucion deella para suspender todo procedimiento en esta causa. Féliec M. Olmedo. I] escrito quese acompafa 4 este informe esde Horney, y en el dice éste: La demanda que entablé ha sido contra el Comisario encargado del cobro del impuesto, y no contra la Provincia deSan Luis, asicomo la suspension del cobro ordenado porel juez se referia tan solamente 4 mi casa principal de negocio y demds subalternas. Siéndome per- mitido aclarar y mudar la demanda antes de ser contes- tada, el juzgado se dignara admitir la anterior declaracion. Demando en consecuencia al Comisario del 4° Departa- mento, D. Agustin Olmedo, por la restitucicn de lo cobrado en virtud del impuesto en cuestion, ysus intereses, y para que se abstenga de exijirme en lo sucesivo el- mencionado derecho. In un ofr'0 st pide se emplaze de nuevo al Comisario. jul decreto recaido en este escrito es el siguiente: san Luis, Noviembre 16 de 1864. «lin lo principal esplicada la demanda de foja ocho en el sentido & que se limito la mente del juzgado en sus pro- videncias de seis y diez de Agosto, sin haber intentado enténces, como no intenta ahora, derogarley alguna dela Provincia, ni tampoco hacer comparecer como parte de- mandada, 4 esta misma, 6 al Gobierno de ella, sind tan solo