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DE JUSTICIA

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 2 ID: fallos_2_666

Judges

Repetto Costa

Ruling Text

DE JUSTICIA NACIONAL 301 Kn cuanto 4la inhkabilidad del titulo reproduzco tam- bien lu que al respecto he dicho en el otro espediente de mi referencia. (1). Francisco Repetto. Los senores Piaggio Fratelli, contestando decian: Reproducimos 4 nuestra vez la contestacion que dimos 4 los argumentos que se recuerdan; pero, debemos advertir que la escepcion de inhabilidad de} titulo no hasido opues- taen este espediente, como consta del auto del Juez de Seccion, y no debe por consiguiente ser considerada. Piaggio Fratelli. Oido el informe iz voce del Dr. D. Juan Carlos Gomez abogado de los ejecutantes, se dictd el siguiente: Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Noviembre 23 de 1865. Vistos: Por los fundamentos del auto apelado de foja treinta y siete, y considerando ademas que los ejecutados no han opuesto escepcion ninguna en la estacion compe- tente del juicio, seconfirma aquel con costas; y satisfe- chas estas y respuestos los sellos, devuélvanse. FRANCISCO DE LAS CARRERAS.—SALVADOR MARIA DEL CaRRIL.—FRANCISCO DELGADO.—Jos& BARROS !PA= 208. (f) La misma causa anterior.