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DE .IIIS11CIA fiiACIOI'AL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 30 ID: fallos_30_23

Voces / Materias

DELITO

Texto del Fallo

DE .IIIS11CIA fiiACIOI'AL c · ~IJN~ Ll Criminal ooulra .tllt:nimo Castro. por delacalo !J latrida1 al lltt{e de la Estacicm • San l•.edro •· del f'erro r:arril Cenlrttl fforlt' • • 'iumarto. - -J.a detcncion pruventiv~t su[rida por sesenta y lleis di as, no debe computarse como parte de la pena impuesta, má1imo si el delito cometido su halla acompañado de cirouoa- tanoias agranntes. (Jaso. - Se halla referido en ol ................. ". Ca&amarca, Agoa&o ts de 188b. Yisla est• causa criminal seguida por el Procurador •·iscal ad hoc. D Seaundo J. Acuñu, contra& U. Má1imo Castro el- ~·actor de uarga en la Estaoion ~an Pedro del ••erro Carril Central Norte, representltdo por el habilitado D. Fidel Bar- rionuevo, sobre el d~litcl de deaacato y heridas inferidas al Gefu de ella D. M'1imo do la Vega, en la tarde del 8 de Di-