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V1S1'A 9EL SdOR PI\OCIJRADOR Glftlft.U

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 30 ID: fallos_30_28

Keywords / Subjects

HOMICIDIO DELITO

Ruling Text

fALLOS DE LA 8UPRE.A f.ORTE V1S1'A 9EL SdOR PI\OCIJRADOR Glftlft.U Buenos Aires, Enero 19 de 18Q6. Supreu~a Corte: Valiera mas al procesado haber aceptado de buen grado su condena. Seil largos meses van corridos desde h' fecha de la sentencia que le imponía eres meses de priaion! 1 Solo encuentro que observar acerca de este proceso, que ba sido lleudo como si se tratara de un envenenamiento ó un homicidio, siendo el hecho que lo motiva un simple delito correccional, que correspondia sustanciar breve y sumariamente, y, en cuanto fuera posible, por un procedimiento verbal. Por lo demás, el hecho está probado, y la pena proporcionada 1\ su escasa gravedad. Para minorar, en cuanto de V. E. depende, los perjuicios consiguientes á la pruligidad indebida del prooe.so, pido á \'. E. se sirva ordenar por telegrama la Hbertad inmediata del pro- cesado; y recomendar, en su resotuciou. ni Sr. Juez de Sec- cion prooed:l breve y sumariamente en casos como el presente. F.tlua rtlo l'osta. Buenos Airi!S, AIJril 1"7 de 18&>. 'fistos y considerando: que el delito cometido por Don Máximo Castro está acompañado de circunstancias ngmvante:s que no pueden desatentlerse, cuales son: el haber inferido las heridas de que se le acusa, al Gefe de una oficina Nacional, en