DE JUSTICIA NAC.IOPIAL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 30
ID: fallos_30_29
Ruling Text
DE JUSTICIA NAC.IOPIAL
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el recinto mismo de la oficina, y on el ejercicio de sos funcio-
nes; que el acosado solo ha sufrido sesenta y seis días de
cletencíon preventiva, pues ol tiempo restante ha estado en
libertlld bajo de lianza segun resulta de autos, no debiondo por
conlliguiento compot;use clicha clctoncion como parte de J¡'
pena, por no bt,llarse en el ca.;o previsto por el artículo ciento
sctont11 y uno clel Código Pon:1l. Por estos fundamentos y los
de l1' scntencill apelada. se Mn fi r 0111 6st" con eost:Ls y devoél-
,·anse.
J. DOMINOUU. -
ULADISLAO FRIAS. -
Fl!mEIUCO IBARr.(JREN.
D . . ~tagel Gardel/a contra /J. Santiago ¡jllemle, 7>0r cubro de
fletes ; sobre {t&lla de perso11erÍ<t !J defecto legal e11 el t~~()do
de pl·oponer Ltt demanda.
Sm~~t~rio.- to La falta dll ar.cion no pued•• fundar h& esCOJl•
rion dilatoria de falta de personería.
i" No constituye defecto en el modo de proponer la demanda
T. XXI.
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