DIE ,nJSTIOIA ~ACIONAL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 30
ID: fallos_30_55
Keywords / Subjects
DOMINIO
Ruling Text
DIE ,nJSTIOIA ~ACIONAL
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mente, segun la esposicion de f<~ja cuatro, en que el Secretario
de la .Municiptllidad, acompa1iado de dos comisarios, un alcalde
y varios vecinos, se ¡>reseutó en su. estableeiloieuto, y sin decir
una sola palabra á quien lo repre:ientaba en él, se apoderó de un
peque1io rodeo de animales fiuos, que se np•¢aban próximos
á la casa, arrebatándoselos 1i su pastor y llevándoselos con-
sigo. Este hecho, dice, en que v:1 envuelto el ataque á la pro-
)>iedad y la violacion del domicilio, se _ejecutó pór órde.n del
!,residente de la Municipalid:ull, que antes intentó vender su
propiednd y hoy le quiere aplicar ru:bitraria y torcidam<'nte
•
las disposiciones legales que rigen l(Js terrenos de éjidos, sin
que el Gobierno los l1ayn cspropiudo.
Entre los :mtecedcnies de la dcmandt\ u.Jencioalil la ley de la
l'ro,·incín do Entre Ríos de mil ()Cboéieuto setenta y dos, q u~
lija cuatro leguas cuadmdas a 1 éj'illo de tollo puc!Jio, l'illa ó
ciudad, y cucarg:t al Poder Ej.•cutÍ\10 su deslinde y tunojoun.-
mieuto, con separnéion do Jr,s solares, cllncras, quintas, etc•~
teru, y dice : que en mil ochoc'ientos ochenta y tres ol Poder
Ejecutivo ordenó se doslindnnl 11l éjido del líruguay y se est.u-
diaran los terrenos circunvecinos pam ,·er si era posible <>n-
saneharlo: que la mt>nsura so hizo qtwdando, segun ella,
dentro del újido algo mas de una legua del campo de su pro-
piedad, donde tiene In dirc:cioo de su csbl.lecimienlo con todas
h•s construcciones cotwenietltes : que antes de UJ)robarse
aquella oporacioo, l:a llunicipaliclad del Uruguay puso en venta
el campo que quedaba ~entro del loijdo y t:OUHilliiÓ á hacer
concesiones ú ind il•id u os ttue ·e prol·etul ian roseedorcs, con
cuyo moti\•o ocurrió ni Pouer Ejucuti,·o, quien, por el decrctí>
do veinte de .Marzo de mil ochocientos ochenta)' ~; uatr o, que ou
eop.ía simple :\compaii:\. lo rcconoeití propíct:trio del terreno,
declaró que ltt .Uutlicipalicla(l no tenia derecho de dominio
sobre 61, y, aprobando la mcnsur1a, lo dejó comprendido en el
ój ido de la ciudad ,lcl Uruguay.